31 de diciembre de 2001

La necesidad de un “Fichero Bibliográfico Jurídico”


La Revista Chilena de Derecho ha intentado realizar aportes en materia de bibliografía jurídica; de hecho, este tema ha ido tomando cada vez mayor fuerza en su interior, y de ello da cuenta una sección permanente dedicada a la bibliógrafa, en la cual han sido incluidas múltiples reseñas y recensiones de libros, la publicación de índices y, en fin, el proyecto que ahora se presenta.

a. En nuestro primer esfuerzo de indización, con motivo de los veintiún años de la Revista, se incluyó en las páginas del volumen XXII n° 1 de 1995 (pp. 119-169) un índice de todos los trabajos e investigaciones publicados hasta esa fecha.

En 1998, mejorando el trabajo realizado cuatro años antes, se editó un suplemento especial conteniendo un índice de todo 10 comprendido en los primeros veinticinco años de la Revista. La información fue clasificada según las áreas del Derecho mas relevantes, e incluyendo en cada una de ellas tanto los estudios e investigaciones como la jurisprudencia comentada y la bibliografía.

Últimamente, en 2000, fueron incluidos en las páginas de la Revista los índices completos de las tres publicaciones históricas de esta Facultad, rescatando información jurídica de gran valor. Así, el índice, ordenado por materia y autor, del material contenido en las páginas de las revistas Anales Jurídico-Sociales (1936-1964), Estudios Jurídicos (1972-1973) y Boletín de Investigaciones (1977-1981), fue entregado en el volumen XXVII de 2000 (pp. 823-838).

Este aporte de la Revista, en el campo de la bibliógrafa jurídica, ha consistido simplemente en ofrecer con algún orden el material publicado en ella misma o en sus antecesoras.

b. Un momento significativo de la historia de la Revista fue la organización del II Simposio sobre cultura de revistas jurídicas, que se desarrolló el 25 de agosto de 2000 en el Salón de Honor de nuestra Casa de Estudios, y que paralelamente albergó la I Feria de revistas jurídicas chilenas, en la sala Pedro Lira (las actas de este Simposio fueron publicadas en esta Revista, vol. 27 n° 4, 2000, pp. 631-720).

En dicha ocasión se reunieron los directores o representantes de la casi totalidad de las revistas jurídicas chilenas; los asistentes, junto con presentar sus publicaciones, debatieron sobre el rol de las revistas en la cultura jurídica chilena, compartieron experiencias destinadas a mejorar la calidad de las publicaciones y buscar puntos de contacto que permitieran acercar a los editores de ellas. Pero si hubo una constante en las presentaciones y discusiones fue la necesidad de ofrecer índices de todo lo publicado en cada revista. Además, se postuló la necesidad de realizar un índice, hoy inexistente, de lo publicado en materia jurídica en las últimas décadas. Pero, en verdad, la labor de fichaje e índices bibliográficos debe comprender no solo una puesta al día de lo publicado en las décadas pasadas; también debiese existir un fichaje al menos anual de lo publicado sobre derecho chileno.

c. Es por tal razón que un importante proyecto que se ha venido gestando al interior de la Redacción de esta Revista desde hace algún tiempo es la realización de un Fichero Bibliográfico Jurídico, tarea en la que nos sentiremos continuadores de la senda marcada por la revista Historia, del Instituto de Historia de nuestra Universidad, pionera de la idea de presentar de esta forma la información bibliográfica.

Este Fichero se encuentra en actual elaboración y tendrá por objetivo reunir todo lo publicado en Chile en materia de Derecho y disciplinas conexas, en cada año calendario.

Normalmente se debiesen incluir en tal Fichero solo los datos básicos de una ficha bibliográfica, pero para algunos casos, quizás se justificará el agregado de una breve descripción o resumen, o de un sucinto comentario de cada libro, articulo de revista o comentario de jurisprudencia a que corresponda la ficha.

El Fichero debiera incluir todos los libros, artículos de revista y comentarios de jurisprudencia sobre derecho chileno, ya sea que se hayan editado los libros en Chile o en el extranjero; ya sea que los artículos y comentarios se hubiesen publicado en revistas jurídicas chilenas o extranjeras; ya sea que sus autores sean chilenos o extranjeros. También debiera incluir los libros, artículos y comentarios publicados por autores chilenos sobre derecho extranjero. El resultado de este trabajo de fichaje deberá ser entregado en forma sistemática y de fácil acceso.

La confección de un Fichero Bibliográfico Jurídico es una tarea ardua, pero fructífera, pues contribuirá a la ciencia del Derecho, facilitando la labor de los investigadores.



[Publicado en Revista Chilena de Derecho, Vol. 28, Nº 4, 2001]

El papel de las revistas humanísticas en la Pontificia Universidad Católica de Chile


a. En la universidad las revistas tienen una gran relevancia para el debate de las ideas, dado que tienen una mayor agilidad que otras publicaciones, como los mismos libros. Este objetivo de las publicaciones también hace necesaria una buena gestión en la administración de las mismas, pues su periodicidad debe ser respetada, sus fechas de edición, etc. Esto es una garantía doble: para los autores, pues estos se entusiasmarán en preparar artículos que pronto serán publicados; y para los lectores, que pueden leer informaciones de mucha actualidad. Desde este punto de vista, la conducta de las revistas en cuanto a su aparición es relevante, pero que no siempre es posible lograr: en todo caso, nuestro intento siempre ha sido mantener una buena conducta al respecto.

Debido al carácter particular de las disciplinas humanísticas, a menudo es imprescindible tener publicaciones propias, sobre todo en esta Universidad, que debe enfrentar de una forma especial los problemas del Derecho. Las revistas humanísticas, como esta, deben llevar el pulso de lo que hace la Universidad en las discusiones humanísticas, debe llevar hacia fuera de la Universidad la impronta del grupo que está trabajando dentro de ella, a través de estudios en que quede en evidencia todos aquellos elementos de juicio centrales que le dan unidad a nuestro quehacer universitario, y, al mismo tiempo, todos aquellos argumentos que evidencian la diversidad de planteamientos en medio de esos elementos centrales.

b. El Derecho es una ciencia humana, ya que comprende el estudio de la actividad personal humana, en relación a la conducta exigida por la sociedad, contenida en “normas”. Tenemos que entender, entonces, que el Derecho es muy importante, y es indispensable que existan estudios de muchos aspectos de Derecho, sobre todo de sus principios fundamentales, pues el mundo está cambiando demasiado rápidamente, y debemos estar siempre preparados para defender, dentro del cambio, aquellas tradiciones y núcleos de ideas fundamentales que explican nuestra realidad humana.

Hay que alimentar la polémica con aspectos académicos. En Chile se polemiza poco. A través de nuestras secciones de crítica legal, jurisprudencial y doctrinaria deseamos instar a nuestros autores a seguir y profundizar cada vez más la polémica. Publicar artículos y trabajos sobre temas polémicos, defendiendo nuestros puntos de vista, es un objetivo esencial de nuestra Revista. Es importante que, desde esta, la Universidad pueda criticar y evaluar, orientando a los lectores que comparten nuestros principios y a quienes puedan discrepar de ellos, sobre posibles oscuridades o desaciertos de las leyes, de las sentencias de los tribunales y de las obras que se publican en Chile.

c. Las ciencias jurídicas es un área del conocimiento cuyo cultivo es esencialmente de rango universitario, y su estudio tiene una dimensión teórica que subsiste al lado del perfil profesional.

Incluso, no siendo ello siempre exacto, se suelen separar los aspectos teóricos y prácticos del Derecho. No es que el Derecho pueda ser dividido, en sí mismo, en una parte práctica o una teórica: siempre es una ciencia práctica, que presta servicios al hombre, ofreciendo pautas para la solución de los conflictos propios de la organización humana. Es la actitud del hombre la que es teórica o práctica.

Hay aún un porcentaje, quizás menor, pero existe, de hombres de Derecho que hacen ciencia por la ciencia, y ofrecen trabajos teóricos del Derecho. En ellos, usualmente, es posible descubrir una búsqueda del valor agregado explícita o implícitamente a las normas, a través de una hermenéutica metodológicamente bien construida. Ellos tienen amplia cabida en una publicación como esta; de ellos se nutre en gran medida. Ellos mismos, para llevar adelante sus estudios, quizás se valgan también de aspectos prácticos, de aplicación del Derecho, a los que les dan luz los autores más cercanos a la praxis.

Pues, al mismo tiempo, existe una serie de resultados prácticos de la aplicación del Derecho, lo que los juristas denominamos fuentes, como las propias leyes, y en mayor medida la jurisprudencia de los tribunales. Esos resultados prácticos ponen en evidencia la aplicación de las instituciones, y los estudiosos de los aspectos teóricos, desde publicaciones como estas, pueden ir criticando esa aplicación práctica y ofreciendo orientaciones desde su perspectiva.

Ese es el doble papel que cumple esta Revista: ser una fuente de información teórica y práctica, y que deseamos lo siga cumpliendo.

d. Al mismo tiempo de intentar publicar en lo posible números de la Revista dedicados especialmente a uno o varios temas específicos, deseamos profundizar el camino de lo interdisciplinario: una muestra ha sido el número anterior a este, relativo a las garantías constitucionales, bajo la óptica de distintas disciplinas.

Así como el economista, el ingeniero, el geógrafo, el agrónomo, el medico tienen que tener en cuenta el Derecho para plantear de mejor manera sus propias preguntas disciplinarias, del mismo modo los hombres de Derecho, los juristas, tampoco pueden olvidar a las demás disciplinas, y en lo posible propiciar el debate interdisciplinario. Normalmente los problemas complicados de Derecho deben considerar conceptos, elementos o datos provenientes de otras disciplinas (aspectos que muchos hombres de leyes suelen denominar “aspectos técnicos”, como si el Derecho mismo no tuviese también aspectos técnicos); y ya es cada vez más claro, por ejemplo, que la economía no debe ser olvidada al momento de estudiar las leyes relativas al comercio o a la actividad de las empresas; tampoco puede ser olvidada la ingeniería al estudiar las leyes de aguas, minas, construcción, etcétera.

En fin, y para recalcar la que podríamos calificar como la interdisciplinariedad esencial para nosotros, la moral, los principios que defienden los hombres de bien, nuestra entidad biológica, no pueden ser olvidados a la hora de evaluar las leyes y decisiones sociales respecto de las personas: su vida, su matrimonio, sus hijos, y demás temas que, bajo nuestro prisma valórico, tan frecuente y fuertemente defendemos desde esta Universidad.



[Publicado en Revista Chilena de Derecho, Vol. 28, Nº 3, 2001]

Política editorial de la Revista Chilena de Derecho


A partir de este número se renueva el Comité Editorial de la Revista Chilena de Derecho. Junto con dar la más cordial bienvenida a quienes a partir de ahora nos acompañan en esta labor, es oportuno ofrecer algunos antecedentes sobre la política editorial de la Revista.

Nuestra publicación fue fundada en 1974 por el profesor Jaime Navarrete Barrueto, quien la dirigid hasta el año 1980. Luego se han sucedido tres directores: los profesores José Luis Cea (1981-1993), Guillermo Bruna Contreras (1994-1997) y el suscrito, director a partir de 1998 (luego de haber sido Secretario de Redacción de la misma desde 1990).

La Revista sucedió a una edición anterior de la Facultad, denominada Estudios Jurídicos, que apareció en los años 1972 y 1973. Antes de esta, la Facultad publicó Anales Jurídico Sociales, entre los años 1936 y 1962. En todas estas publicaciones siempre se dejó la impronta de una facultad de una universidad católica, publicándose no solo estudios de dogmática jurídica (interpretación y sistematización del derecho vigente), sino también trabajos de fundamentación de las instituciones, y critica a la legislación, a la luz de las enseñanzas del pensamiento de la Iglesia.

Desde su fundación en 1974, la Revista, como se trasluce en una revisión del contenido de sus números, ha continuado esa senda marcada por las anteriores publicaciones, y por los imperativos de ser el órgano de difusión de la facultad de una universidad católica. En ella se han publicado actas de jornadas de derecho natural, variados trabajos sobre la materia propiamente de fundamentación del derecho, de filosofía ética y moral.

Podemos decir que es notorio en esta publicación su sello. Es una revista especializada, en la cual se ofrece amplia información sobre el derecho vigente y sobre fuentes prácticas, que sirven para el ejercicio de la profesión en las variadas subespecialidades (como el derecho civil, el administrativo, el comercial, el de aguas, el minero, el eléctrico y otras aún más especializadas), y que es indudablemente una importante tribuna para los especialistas de derecho; no obstante ello, la Revista no ha despreocupado jamás la fundamentación de las instituciones, siendo a la vez la tribuna de académicos que realizan aportes desde una perspectiva unitaria: la de esta Universidad, con sus particulares imperativos espirituales, pero a la vez dentro de la amplia diversidad que permite la libertad intelectual de todo católico.

Asimismo, puede verse en sus páginas el esfuerzo por ofrecer lo mejor de la ciencia del derecho, en sus distintas especialidades.

La Revista ha tenido por objetivo la orientación de los lectores frente a la legislación chilena y extranjera, mediante la publicación de estudios de calidad adecuada de profesores de la Facultad y de otras facultades de derecho chilenas y extranjeras. Pero también su servicio se ha extendido ha otras secciones que poco a poco se han comenzado a potenciar cada vez más: ofrecer uno orientación critica sobre la jurisprudencia de los tribunales y en especial se ha potenciado el servicio de criticas bibliográficas. Esta orientación es notoria en este número, en que dedicamos amplio espacio a la jurisprudencia.

La Revista ha recibido el apoyo constante de la Universidad y de sus lectores, lo que le permite hoy situarse en un buen lugar dentro del concierto de las demás publicaciones especializadas de derecho del país. Tiene una distribución bien organizada y en estos momentos un alto número de suscriptores particulares. Además, es recibida en canje por un gran número de bibliotecas de Chile y el extranjero.

Existe cada vez más interés por publicar en ella, y como es notorio en sus ejemplares, los autores de sus artículos son, en buena parte, profesores de otras universidades del país o del extranjero, cuyos artículos son siempre sometidos a la revisión del Comité Editorial y de árbitros externos.

Es posible decir que hoy en día es un buen exponente del derecho chileno, dando información sobre sus distintas ramas de una manera activa, crítica y analítica. Nuestro esfuerzo está dirigido a lograr que su contenido no sea una mera exposición de fuentes del derecho, que transcriba simplemente leyes o jurisprudencia: deseamos que su mayor aporte sea el análisis de esas fuentes.

Este nuevo Comité Editorial renueva nuestras fuerzas para seguir en esta tarea.



[Publicado en Revista Chilena de Derecho, Vol. 28, Nº 1, 2001]

28 de diciembre de 2001

Las III Jornadas de Derecho de Aguas: Una experiencia interdisciplinaria

Esta es una Universidad Católica, que forma parte de la Iglesia; y por eso mismo, es un  proyecto de razón, libertad y fe. La Iglesia tiene una gran estimación por la investigación  científica, pues, de acuerdo a su propio catecismo, “constituye una expresión significativa del dominio del hombre sobre la creación” (n 2.293). Es además la investigación un servicio a la verdad; por tal razón, es de la esencia de todo proyecto universitario católico propiciar esa investigación, desde su seno, y acogiendo también aquellos planteamientos que surgen desde otros ámbitos de la sociedad, cubriendo todos los aspectos de interés del Hombre.

En nuestro caso, desde nuestra modesta posición, y en conjunto con todos ustedes, varios ya reincidentes, hemos ido construyendo esta instancia de dialogo especializado, e  interdisciplinario sobre un tema que es esencial para el desarrollo de nuestra vida el agua. Son estas Jornadas de Derecho de Aguas, que en su tercera versión nos reúnen nuevamente. Gracias por estar aquí. En esta oportunidad quisiera analizar un concepto epistemológico: la interdisciplinariedad, vinculándolo a la experiencia que nos entregan estas Jomadas.

a. Integrar el trabajo universitario.

En el informe sobre “La Pontificia Universidad Católica de Chile: nuestra misión en un mundo dinámico” que entregó este año Pedro Rosso en su calidad de nuevo Rector de esta Casa de Estudios, ponía de relieve la “segmentación del trabajo universitario”, su “falta de integración”. Contrapuso en esa oportunidad la necesidad de potenciar “núcleos de estudios inter o pluridisciplinarios” para el bien del país y de la universidad.

Y la verdad es que, al mirar el programa de estas III Jornadas de Derecho de Aguas, que tengo el honor de dirigir, no puedo sino agradecer profundamente, como jurista profesional, a mis colegas ingenieros, agrónomos, biólogos, historiadores, antropólogos, y otros, su participación en este encuentro, pues, gracias a ellos, estas Jornadas se están convirtiendo, aunque modesta y temporalmente, en una verdadera “experiencia interdisciplinaria”. Por cierto, también agradezco su participación a mis colegas de la ciencia jurídica, pero su presencia pareciera más natural.

b. ¿Qué es lo interdisciplinario?

Un epistemólogo dijo un día que la interdisciplinariedad no se aprende ni se enseña: se vive[1] iY es verdad! Corresponde en realidad a una demanda de la complejidad de nuestra vida en sociedad; a una exigencia de nuestra profesión; y, como Director de estas III Jornadas, espero haber hecho todo lo necesario para concretarlo, pues ella sólo se puede desarrollar en un “estado de espíritu hecho de curiosidad, de apertura, de sentido de aventura y de descubrimiento, y también de intuición que existe sobre todo en las realizaciones que escapan a la simple observación”.[2]

Un ejemplo: como bien lo sabemos los abogados que estamos aquí presentes, regularizar un derecho de aprovechamiento de aguas, es mucho más que tramitar un documento ante la Dirección General de Aguas y luego ante los Tribunales Ordinarios de Justicia. Es informarse, consultar a ingenieros hidráulicos. geógrafos, en suma, mirara la realidad, una realidad mucho más compleja y variada que la que nos entregan los meros conceptos jurídicos.

Estamos aquí (en el caso de la gestión y uso del agua) de frente a un verdadero problema epistemológico. Al respecto, es muy importante avanzar en los “intersticios temáticos”. Estos “espacios” constituyen en verdad un verdadero motor de transformación de las ciencias o, en las palabras de nuestro Rector, de “síntesis creadora”. El papel que puede desempeñar la interdisciplinariedad va entonces más allá del simple establecimiento de “relaciones diplomáticas” entre las disciplinas científicas[3] y del respeto que se deben sus especialistas. Sin querer entrar ahí en una guerra de competencias, me parece fundamental para el bien de todos y para el Éxito de nuestros proyectos comunes, previamente acotar el campo de cada disciplina.

c. Acotar el campo de cada disciplina.

Quisiera grafiar este problema del “acotamiento” con el siguiente ejemplo, que mis alumnos conocen como el “ejemplo del entomólogo”. El entomólogo trabaja con los insectos, pero lleva adelante toda una ciencia, con sus conceptos y métodos. Todos nosotros podemos ver los insectos, incluso coleccionarlos, pero no por eso vamos a hacer ciencia entomológica. Si me permiten el paralelo entre dos temas aparentemente tan alejados, les diría que lo mismo pasa en materia de aguas. Un jurista no puede ponerse a discutir de igual a igual sobre conceptos geográficos o hidrológicos con un geógrafo o un ingeniero hidráulico por el solo hecho de que puede ver las aguas y sus escurrimientos: sólo el geógrafo o ingeniero hidráulico sabe interpretarlos datos empíricos o sociales, en su caso. Si aplicamos esta regla al Derecho, todos los que saben leer pueden leer las leyes, incluso pueden coleccionarlas; las que son como los “insectos” de nuestro ejemplo del entomólogo, pero para poder hacer verdaderamente ciencia del “Derecho”, y más exactamente correcta interpretación de los datos jurídicos, se necesita formación profesional especializada. Una mirada de las normas por un profesional no jurista, normalmente no podrá pasar de su literalidad pues normalmente desconocerá el modo de descubrir el nivel jerárquico de las normas; su correcta hermenéutica en su contexto y no en su pura letra; o ignorara los principios jurídicos que han de informarlas en relación a la realidad.  Ello impedirá comprender el Derecho mismo, el corazón de la disciplina jurídica.

d. Cómo llenar los intersticios temáticos.

Pero esto no puede impedir que los no juristas manejen elementos jurídicos; o que los juristas entiendan algunos aspectos de las ciencias conexas en una materia de análisis, como el agua.

Tenemos que llenar esos “espacios” o “intersticios” de lo interdisciplinario de algún modo: sin caer en la superficialidad de quien no tiene la respectiva formación; y sin caer en la exclusividad de quienes sólo desean opinar de su respectiva ciencia. Desde el Derecho, debemos profundizar los esfuerzos por tener un amplio diálogo interdisciplinario, pero hay que ponerse de acuerdo en variados aspectos. En esa línea, en los temas que trabaja el jurista, al ordenar los materiales, debe hacerlo de tal manera de lograr una clara separación entre la “literatura” jurídica y la no jurídica, de manera muy estricta.

El problema es el siguiente: no es posible poner aun mismo nivel lo que dice sobre una ley un jurista experimentado con lo que dice sobre ella un geógrafo, por mucho que esta ley se refiera al borde costero; pues -y aquí está el problema no siempre el concepto legal es equivalente al concepto geográfico. Pero en todo caso, en un adecuado método, lo primero que debemos hacer quienes nos dedicamos a las disciplinas jurídicas relativas a los recursos naturales es “echar una mirada a la realidad”, y para esa mirada necesitamos la ayuda de las disciplinas, en este ejemplo, geográficas. Pero una vez comprendida la realidad normada, para la interpretación de estas normas sólo es posible confiar en lo que dicen los juristas; la interpretación legal de un profesional no jurista no es confiable; del mismo modo que la interpretación de la realidad geográfica solo la puede hacer de manera confiable el geógrafo. Creo que es esencial avanzar en esta materia Pues la falta de esta claridad nos puede llevar a caer en alguna de las dos trampas de toda labor interdisciplinaria: la ambigüedad o una situación de lucha perpetua entre los imperialismos de las diferentes disciplinas.

Los intentos de aproximación profesional en áreas temáticas que no le son propias, llevan mucho más lejos que una posible “falta de respeto”, como ha podido ser calificada esta actitud de cubrir disciplinas en las que no se tiene formación ni tradición personal, sino que ello puede dar origen a trabajos superficiales. Por mucho que los especialistas de Derecho de Aguas hayamos escuchado, leído o analizado sobre lo que es, por ejemplo un “acuífero subterráneo”, eso no nos habilita para hacer un informe hidrológico sobre el tema o para interpretar datos geológicos relacionados con él; y, viceversa, por mucho que los profesionales no juristas hayan trabajado con leyes, no los habilita para ofrecer interpretaciones confiables sobre las mismas. En ambos casos, el no especialista del área sólo podría, limitadamente, comprender el dato estricto, pero jamás podrá vincularlo con el resto del contexto de la disciplina en la que no está formado.

Evitar estas trampas metodológicas en materia de aguas es precisamente la meta que persigue el tipo de foro que hemos estado propiciando en estos últimos años.

En fa algunos agradecimientos adicionales a los señalados al inicio por el locutor (que es en verdad uno de los jóvenes investigadores de nuestro Programa). Agradezco el apoyo de los auspiciadores y la confianza que depositan en nosotros la Dirección de Investigación (DIPUC) y la Facultad de Derecho. Un agradecimiento especial, y personal, a tres personas que son el motor visible de estas Jornadas: me refiero a Marie Laure Martínez (Coordinadora y Secretaria General de las Jornadas) cuya labor infatigable ha hecho posible estas Jornadas, y su apoyo académico lo podrán constatar los más de 40 ponentes, que han sufrido su “delicado asedio” para lograr los resúmenes y textos respectivos. Hago extensivo este agradecimiento también a nuestra eficiente gestora, cuya calidez todos conocemos; me refiero a lvonne Moreno. No puedo olvidar igualmente a otra importante colaboradora del programa, no tan visible para ustedes: a nuestra leal Secretaria Claudia Valenzuela.

Gracias, en fin, a todos ustedes por estar aquí, y espero que siempre sigan considerando a estas Jornadas como un proyecto común. Parangonando a nuestra legislación de aguas, los invito a considerar este evento como de “ejercicio permanente”: esto es, podrán ejercer su derecho a asistir todos los años, haya o no haya sequía.

Gracias.



[1] Michaud, cit.  por Guy Palmade, Interdisciplinariedad e ideologías. Madrid; Narcea,1979,p . 17.
[2] Op. cit.
[3] Gusdorf, cit. en L. Apostel, J.M. Benoist, B. Bottomore, M. Dufrenne, W. J. Mommesen, E. Morin, M. Pattelli-Palamarini, S. N. Smirov, J. Ui, Interdisciplinariedad y ciencias humanas (Madrid; Tecnos-UNESCO, Colección de Ciencias Sociales, serie de sociología, 1982). p, 13.



[Publicado en Revista de Derecho Administrativo Económico de Recursos Naturales,
 Vol. III, Nº 2, 2001]

Abogados Mineros Latinoamericanos


Recensión a: Abogados Mineros Latinoamericanos, 
Director: Juan Luis Ossa Bulnes 
(Santiago, AMLA)

Foro Minero es una nueva revista jurídica que deseamos destacar, publicada en Chile por la AMLA (Asociación de Abogados Latinoamericanos), organismo constituido el 4 de noviembre de 1997 por un grupo de juristas especialistas en Derecho de Minería, que se encontraban en Santiago de Chile, asistiendo a un seminario organizado por la Rocky Mountain Mineral Law Foundation (RMMLF). En su acta de constitución se la define como una asociación informal y abierta que se propone los siguientes objetivos: “1. Profundizar y difundir el conocimiento de las diversos legislaciones mineras latinoamericanas; 2. Intercambiar informaciones, estudios y documentos relativos a nuestra especialidad jurídica; 3. Abogar por In aplicación de los principios de la economía libre n las legislaciones mineras de la región, y 4. Promover la modernización de las legislaciones mineras latinoamericanas, para colaborar a que la minería de la región sea una actividad competitiva n nivel internacional y una fuente de progreso para los pueblos de la América Latina”.

Esta agrupación cuenta actualmente con ochenta y ocho asociados pertenecientes a catorce países distintos. Su presidente es el destacado profesor abogado y especialista nacional de derecho minero Juan Luis Ossa Bulnes.

En el editorial de su primer número (marzo de 1998) se señala que Foro Minero nace como una forma de materializar los objetivos de AMLA, y que se trata de una publicación que tiene por finalidad permitir a sus asociados y a terceros especialistas en los asuntos mineros, expresar sus opiniones sobre diversos temas que tengan algún grado de interés general, relativos al Derecho de Minería y a sus disciplinas conexas. Se agrega que la frecuencia de su publicación dependerá de la cantidad de los artículos enviados.

A la fecha se han publicado seis números de Foro Minero, y cada una de sus ediciones incluye artículos sobre diversos temas de derecho de minería relativos a distintos países latinoamericanos. En algunas ediciones se incluyen documentos (normas legales, actas de asociaciones, etc.) c informaciones de interés general (relativas a los asociados de AMLA, a congresos y seminarios internacionales, noticias legislativas de los distintos países latinoamericanos, etc.) En cada número se incluye un pequeño currículum vitae de los auto res de las distintas publicaciones y una lista de los adherentes de AMLA por país, con sus respectivas direcciones y teléfonos.

El Nº 1 (marzo de 1998) contiene los siguientes artículos: 1. EJ ordenamiento del Código de Minería Argentino, por Edmundo F. Catalano; 2. Sociedades Mineras: Marco conceptual de su tributación, por Hernán Büchi; 3. Efectos prácticos del nuevo Código de Minería boliviano; por Teddy Cuentas; 4. Recuperación anticipada del IGV (IVA) en la minería del Perú, por José Antonio Olaechea; 5. Regulaciones ambientales aplicables a la minería en Chile, Ecuador, Panamá y Perú, por Jorge Paz.  En este número se transcribe el texto completo del Libro 1 (artículo 1 a 102) del Código de Minería de Bolivia, de 1997, el más reciente de América Latina.

El Nº 2 (septiembre de 1998) contiene los siguientes artículos: 1. Brasil: Algunas restricciones y gravámenes a la actividad minera, por Syllas Tozzini y Roberto N.P. de Cillo; 2. Ajustes al Código de Minería de Chile; por Samuel Lira; 3. Modernizar la ley minera de Nicaragua, por Héctor Mairena; y 4. Tendencias generales en la modernización de las legislaciones mineras latinoamericanas, por Juan Luis Ossa 8. En este número se transcribe el texto completo del Libro II del Código de Minería de Bolivia, de 1997 y el Acta de Constitución de la Sociedad Interamericana de Minería (Santiago de Chile, 13 de mayo de 1998), asociación que agrupa a las entidades más representativas de cada país ligadas a la minería. Se incluye una sección con noticias de diferentes países.

El Nº 3 (enero de 1999) contiene los siguientes artículos: 1. Legislación Minera de Colombia: Descripción y reforma, por Margarita Ricaurte de Bejarano; y 2. Algunos aspectos del Derecho minero Venezolano, por Roberto J. Mendoza.

 El nº 4 (mayo de 1999) contiene los siguientes artículos: 1. Tributación minera en Chile; por Franco Brzovic; 2. La industria minero en Panamá, por Alida Benedetti; 3. Algunos contratos mineros en el Perú; por Pierre H. Defago y Luis Carlos Rodrigo P.; 4. El Código de Minería de Bolivia, a dos años de su estreno, por Teddy Cuentas; y 5. Chile: Presentación anticipada de la solicitud de mensura, por Juan Luis Ossa. En este número se informa sobre el seminario minero chileno-argentino celebrado los días  26 a 28 de mayo de 1999, en la ciudad de Córdoba, Argentina. En dicho seminario los gobiernos de Chile, representado por don Gastón Fernández, y de Argentina, representado por don Edmundo F. Catalano, rinden homenaje a don Enrique Rodríguez, autor del Código de Minería argentino, destacado jurista trasandino, quien vivió y practicó su profesión por largos años en nuestro país. Se transcriben extractos de ambas exposiciones.

El Nº 5 (diciembre de 1999-enero de 2000) contiene una reseña de la legislación medioambiental en algunos  países de América Latina. Esta reseña fue elaborada en base a doce interrogantes realizadas por el especialista nacional don Gabriel del Favero, interrogantes que fueron contestadas por uno o más juristas de cada nación. Los países incluidos en la reseña y los juristas que contestaron el cuestionario son los siguientes: Argentina (Edmundo F. Catalano); Bolivia (Yalú Galarza Mauri); Brasil (Adriana Mathias Baptista); Colombia (Luisa Fernanda Aramburo); Chile (Gabriel del Favero) Ecuador (Jorge Paz); México (Alberto M. Vázquez); Panamá (Dídimo M. Ríos); Perú (Luis Carlos Rodrigo y Jaime de Orbegoso) y Venezuela (Omar E. García Bolívar y Rubén Eduardo Luján). En este número se informa de los congresos internacionales sobre legislación minera realizados en Buenos Aires y en Lima, en septiembre de 1999 y en octubre del mismo año, respectivamente.

El Nº 6 (diciembre 2000-enero 2001) contiene los siguientes artículos: 1. Ecuador: Modificaciones a la ley de minería, por Juan Carlos Pérez; 2. Enseñanza del Derecho Minero en América Latina, varios autores; 3. La nueva ley de Minas en Venezuela, Roberto Mendoza A.; 3. Nuevas perspectivas del Derecho Minero en Brasil, varios autores; y 4. Chile: Proyecto sobre rebaja de patentes mineras, Juan Luis Ossa B. En este número se transcribe el texto completo del tratado entre Chile y Argentina sobre integración y complementación minera. Además, se incluye el programa preliminar del seminario de RMMLF sobre legislación minera, petrolera y gasífera en América Latina que se desarrolló en Santiago los días 26 y 27 de abril de este año y una sección de noticias legislativas de diferentes países latinoamericanos.

Desde un punto de vista formal, Foro Minero es una revista bien editada, de una presentación impecable y de un formato de fácil manejo. Es interesante la presentación visual de sus diferentes contenidos, se utiliza mucho el destacado, en general para títulos y subtítulos y, en algunos casos, para textos completos de informaciones breves.

En cuanto a su contenido, ya la sola idea de una revista jurídica de derecho comparado y que está orientada a lectores de diferentes países, es muy atractiva. No existe en nuestro medio en la actualidad otra revista especializada en derecho minero, de esta naturaleza. Reflejo de este carácter internacional es el hecho de que se ofrezcan versiones bilingües de algunos de sus contenidos. En cuanto al contenido principal de los artículos sobre diversos temas de derecho minero que ha ofrecido esta revista, su análisis excede el propósito de esta reseña; sin embargo, en general, destacamos el carácter práctico de cada uno de ellos y su diversidad, tanto respecto a los temas que son tratados, como a los países a que se refieren. Desde un punto de vista metodológico, nos parece interesante la realización de cuestionarios elaborados por un especialista y que son contestados por uno o más juristas de diferentes países, para ofrecer una visión global sobre un determinado tema, como es el caso de la reseña de la Legislación medioambiental en algunos países de América Latina, ofrecida en la revista número cinco (diciembre de 1999-enero de 2000). Creemos que se trata de una forma muy acertada de abordar los temas de derecho comparado: una reseña con las instituciones y aspectos más relevantes de un determinado sector legislativo respecto de varios países.


Sin duda, Foro Minero es un aporte interesante al derecho minero y en general, a la cultura jurídica latinoamericana. Es de esperar que se trate de una revista jurídica de larga vida y numerosas ediciones.


[En: Revista de Derecho Administrativo Económico, Vol. III, Nº 1

(Santiago, Pontificia Universidad Católica de Chile) 2001]

Discurso Inaugural de las Primeras Jornadas de Derecho Eléctrico


A nombre de la Universidad, de su Facultad de Derecho y del Programa de Derecho  Administrativo Económico, y del profesor Eugenio Evans Espiñeira, con quien hemos tomado a cargo la Dirección de esta Jornadas, les doy la más cordial de las bienvenidas a este encuentro interdisciplinario que tiene como protagonista a la electricidad, su gestión, sus políticas y los conflictos que se derivan de su regulación y competencia.

En la inauguración de estas Primeras Jornadas de Derecho Eléctrico, quisiera, de manera muy breve, decir:

- Algunas palabras sobre el Programa de Derecho Administrativo Económico, laboratorio jurídico encargado de su organización;
- Explicar a ustedes las motivaciones que tuvimos a la vista para llevarlas adelante, y, en fin,
- Transmitir a ustedes nuestros agradecimientos a las diversas personas e instituciones que han colaborado y hacen posible este encuentro.

A. En primer término quisiera señalarles algunos antecedentes sobre el Programa de Derecho Administrativo Económico

A partir de la nueva realidad impuesta por una economía que posibilita ampliamente la libre iniciativa de los particulares, pero que en algunas áreas impone una especial regulación, la visión jurídica ha tenido que concentrarse, y no solo especializarse, sino llevar adelante estudios interdisciplinarios. La electricidad es un claro ejemplo de esta necesaria especialidad e interdisciplinariedad.

Precisamente para el estudio, docencia de pregrado y de postgrado, investigación y extensión de estas áreas reguladas de un modo especial por el Estado y la Administración hemos creado en 1998 el Programa de Derecho Administrativo Económico.

Se trata de un Programa de investigación en áreas especializadas que tiene por finalidad unificar el desarrollo de líneas de investigación y estudio del Derecho Administrativo Económico, esto es, los fundamentos y limitaciones de la intervención administrativa en el economía; Régimen de los bienes públicos; del servicio público: y en especial el estatuto de diversas especialidades como el derecho de aguas, el derecho minero, el derecho sanitario, el derecho eléctrico, y otras subespecialidades relativas a sectores en que el Estado Administración ha fijado un especial marco regulatorio.

El trabajo de este Programa se ha centrado en investigaciones en profundidad sobre la teoría de la regulación jurídica de la economía y del papel que les corresponde a los particulares y al Estado/legislador y al Estado/Administración en nuestro sistema jurídico vigente. A partir de estos temas matrices hemos ido desprendiendo otros temas, como el de la electricidad.

Nuestras metas hasta ahora desde una perspectiva nacional han sido modestas, pero de relevancia para nuestro trabajo universitario. Además de las investigaciones. que es el motor del resto de nuestras actividades, en cuanto a la extensión, ha consistido en la iniciativa de las Jornadas de Derecho de Minería, que se están realizando año a año de manera itinerante en varias universidades, correspondiendo a esta Casa de Estudios su celebración el próximo año 2002; también destacamos las Jornadas de Derecho de Aguas, cuya cuarta versión se realiza en noviembre de este año, y que tienen un formato similar al de estas que hoy nos reúnen. Además, desde 1999 el Programa edita la “Revista de Derecho Administrativo Económico”, publicación especializada semestral, que cubre todos los te mas del Programa, y que ya lleva cinco volúmenes editados.

Para el futuro inmediato, en la materia de estas Jornadas. además del curso semestral de derecho eléctrico, nuestra acción estará dirigida a continuar una investigación en curso sobre la institucionalidad eléctrica chilena, a cargo del equipo de investigadores del Programa.

Nuestra meta de más largo aliento será el futuro “Magister, Postítulo y Diplomado en Recursos Naturales”, de dos años lectivos, ya aprobado en el seno de la Facultad, y que esperamos iniciar pronto.

B. ¿Por qué unas Jornadas de Derecho Eléctrico?

Sin duda que el de la electricidad constituye un tema complejo y relevante en nuestra sociedad, por cuanto el uso de ella y su regulación, motivo de nuestro encuentro, es un tema de permanente debate público, que se profundiza en el actual momento y que tiene consecuencias evidentes en nuestra vida diaria.

Estas Primeras Jornadas constituyen la materialización de una antigua iniciativa del Programa en materia eléctrica, y se lleva adelante  ahora bajo la codirección del suscrito y el profesor Eugenio Evans Espiñeira, investigador del Programa y coordinador de su Sección Energía.

Nuestro deseo es que sea un foro donde puedan encontrarse los diferentes actores institucionales, del sector público y privado, con una perspectiva no solo jurídica sino interdisciplinaria, la que posibilita una mejor comprensión de este tema y abarca un conjunto más completo.  Los problemas de la electricidad deben ser resueltos no solo desde el punto de vista jurídico, sino también de la ingeniería y de la economía, y de otras disciplinas relacionadas con su estudio y gestión.

La Universidad ha estimado necesario invitarles a este foro, con el objetivo de ofrecer a los interesados y especialistas un espacio interdisciplinario para el libre intercambio de puntos de vista sobre el tema; para compartir mutuamente el resultado de nuestros propios quehaceres relacionados con la electricidad.

Es necesario, a nuestro juicio, abrir cauces para que quienes trabajamos alrededor de esta área de regulación económica podamos encontrarnos y debatir, a lo menos una vez al año, a fin de buscar soluciones desde un punto de vista técnico y jurídico a las falencias que para unos tiene el sistema o para corregir las hipótesis no previstas por el modelo jurídico que tenemos a partir de 1982, modificado por última vez en 1999, 0, en fin, para perseverar en él sin cambios, según la visión de cada cual.

La Universidad, en este encuentro, desea recibir todas las opiniones fundadas, pues esas visiones en torno a la electricidad forman un conjunto de ideas que provienen de experiencias profesionales y académicas, conforman una cultura, y de todos nosotros depende que ese grado cultural en torno a la electricidad sea de un nivel adecuado a las necesidades del país. Es por lo anterior que estamos muy congratulados de contar con la presencia de destacados exponentes de la cultura de la electricidad, lo que ustedes podrán constatar al leer el programa.

La verdad es que estamos felices de poder recibirles en este encuentro, con una concurrencia tan amplia e interesada.

C. En fin, algunos agradecimientos que efectúo en mi nombre y en el de Eugenio Evans, Codirector de estas Jornadas.

Quisiera utilizar estas palabras iniciales para agradecer muy sinceramente a todos ustedes por el interés que demostraron en estas Primeras Jornadas de Derecho Eléctrico. Todo el esfuerzo que hacemos en su organización desde esta casa universitaria queda compensado largamente por la respuesta de todos los que hoy nos acompañan.

No puedo olvidar nuestro agradecimiento a las autoridades universitarias y de nuestra Facultad, en especial a su Decana, por su apoyo y por su entusiasmo en ayudarnos a que se logren los objetivos de este encuentro.

A los expositores, un especial reconocimiento, pues no solo nos honrarán en estos dos días con su presencia y sus conocimientos, sino también por su responsabilidad y compromiso, lo que se hace notorio en el archivador que contiene las Actas de este Encuentro. Los materiales que entregamos a ustedes, en fotocopias editadas previamente, no habían llegado a sus manos si un número mayoritario de los expositores no hubiesen respondido oportunamente a nuestro llamado y no se hubiesen esforzado, como lo hicieron, en enviar los textos escritos. Todos sabemos lo ocupados que nos tiene el trabajo usual, y es valioso ver el entusiasmo con que han respondido quienes le dan vida a este encuentro. Los materiales no recibidos a tiempo, y no repartidos hoy o mañana, les serán enviados a los asistentes por correo.

Un reconocimiento a las instituciones que han patrocinando estas Jornadas. Asimismo un agradecimiento especial a las empresas privadas que auspicia” este evento.

Todos los que están en esta sala, además, ya saben que en la organización de un evento como este colaboran muchas personas. A algunas ustedes las conocen, pues a través de ellas realizaron su primer contacto con la organización, y no puedo dejar de señalar que es gratificante contar con su ayuda, conformándose un equipo que hace posibles las cosas.

Así, la coordinación de las Jornadas la han asumido dos jóvenes investigadoras del Programa: Marie Laure Martínez junto a María Soledad Torrents, de un modo muy eficiente. y la prueba está a la vista: a ellas les ha correspondido el contacto diario con los expositores, la recolección de sus textos y su edición. El programa y el archivador conteniendo las Actas, que tienen ustedes en sus manos, se debe a la laboriosidad de ambas.

La inscripción y gestión de todos los demás aspectos, administrativos y de una gran cantidad de pequeños detalles, han estado a cargo de nuestra eficiente secretaria Ivonne Moreno Riquelme. También nos ha ayudado en muchas tareas de estas Jornadas y, de diferente modo, sobre todo en labores de secretaría Brenda Wangnet.

Nuestros agradecimientos a todos ellos.

En fin, nuestro mayor agradecimiento va dirigido a todos ustedes que han interrumpido sus quehaceres para venir a este encuentro, durante el cual no tengan la menor duda que haremos todo lo posible para que se cumplan sus objetivos de entregar conocimientos en materia eléctrica. Este marco de excelentes panelistas y de público interesado mantiene vivo nuestro entusiasmo para perseverar en estas tareas.


Invocando el nombre de Dios Todopoderoso, declaro inauguradas estas Primeras Jornadas de Derecho Eléctrico.



[Publicado en Revista de Derecho Administrativo Económico de Recursos Naturales, Nº 3, 2001]

Nota a la edición



Durante el cuatro y cinco de julio del año dos mil uno, se realizaron en el Centro de Extensión de la Pontificia Universidad Católica de Chile las I Jornadas de Derecho Eléctrico, bajo el título de "lnstitucionalidad y Gestión de la Electricidad".

a. La iniciativa de realizar dichas jornadas, surgió como respuesta a la inquietud  manifestada por profesores de la Facultad de Derecho de la Pontificia Universidad Católica a partir del amplio desarrollo del sector económico eléctrico en nuestro país y el continente  americano, su especial normativa reguladora y sus proyectadas modificaciones en el caso particular de Chile, constituyeron el incentivo para realizar el esfuerzo de reunir en un foro académico a diversos representantes tanto de la industria eléctrica, de los organismos que regulan esta industria, como los miembros del mundo jurídico que deben representar los intereses de cada uno de los entes señalados.

El objetivo que se planteo al realizar las jornadas de derecho eléctrico en su primera versión, fue el debatir, reflexionar, evaluar y compartir toda la información y el conocimiento acumulado en materia de derecho eléctrico, en el marco de un ambiente académico, interdisciplinario y abierto a todo interesado en participar.

Pues bien, producto de los trabajos presentados por los panelistas invitados, se han seleccionado las ponencias que se presentan en este número de la Revista de Derecho Administrativo Económico de los Recursos Naturales.

En efecto, el presente número de la Revista contiene solo los trabajos de orientación jurídica, de análisis de las instituciones jurídicas inmersas dentro del sector eléctrico.

b. Lo anterior merece una explicación y unas excusas, pues la interdisciplinariedad de estas Jornadas es una de sus características más destacables: un espacio para el diálogo entre las distintas ciencias que confluyen sobre la actividad eléctrica, y fueron presentados excelentes trabajos en materia de ingeniería, economía y políticas públicas.

No obstante, por razones de espacio y en consideración de la especialidad jurídica de esta Revista, se editan en este número las ponencias inéditas de naturaleza jurídica. Asimismo, no se han incorporado a estas Actas aquellos trabajos jurídicos que sus autores prefirieron publicar previamente en otra revista. Instamos a los autores de ponencias de contenido no jurídico a publicar sus trabajos en revistas especializadas, pues su calidad y relevancia ciertamente ha quedado patente.

Todo ello, pues, explica el contenido de esta publicación, y las razones que llevaron al Comité Editorial de esta Revista a seleccionar las ponencias presentadas en las Jornadas. Entonces, les transmito, desde luego, las excusas a los autores cuyos trabajos no pudieron ser incluidos en esta edición.


En todo caso, cabe recordar que las Actas completas de dichas Jornadas fueron entregadas, en su oportunidad, a los asistentes, en un archivador que contenía la totalidad de las ponencias, las que, además, están disponibles en formato electrónico en el sitio web www.interlex.cl/jornadaselectrico/



[Publicado en Revista de Derecho Administrativo Económico de Recursos Naturales
Vol. III, nº 3, 2001]