El auge de la
publicación de revistas jurídicas en nuestro país ha sido notorio en el último
tiempo: el puñado de títulos que se editaban hace algunas décadas, actualmente
es superado con creces, llegando a una treintena de revistas, de distinta
calidad y con normas de publicación desigual.
En efecto,
prácticamente cada una de estas presenta un sistema de referencias
bibliográficas que difiere de sus pares. Esta coexistencia de diferentes normas
surge, principalmente, por la falta de normalización o estandarización de las
publicaciones jurídicas al respecto, lo que legitima la espontánea iniciativa
de cada editor para definir la forma de citación que le parece más adecuada,
comúnmente sesgada por la manera de citar en el país o lugar de su formación
científica o doctoral o por el modo de citar enseñado por sus maestros.
Los inconvenientes se
presentan para los autores y lectores de revistas de derecho, quienes deben
aprender a convivir con diferentes estilos de citación, y acomodarse a ellos
dependiendo la sede a la que destinará su trabajo.
Al buscar soluciones
a lo planteado, las publicaciones de revistas jurídicas chilenas (con sus
peculiaridades: el uso de una amplia gama de fuentes doctrinarias, legales,
jurisprudenciales e históricas, cada una con sus propias dificultades y de
diversos orígenes) tienen dos opciones: o seguir en la actual anarquía de
normas y referencias bibliográficas, dejando que cada editor elija e imponga a
sus autores una determinada forma de citación (conducta en la que ha incurrido
hasta ahora también esta Revista); o intentar algún camino de normalización o
estandarización.
En esta búsqueda
resulta difícil poner de acuerdo a todos los editores del país, por lo que
parece mejor dirigir la mirada a ese largo camino de logros de la International
Organization for Standardization (ISO), de la que es miembro nuestro país a
través del Instituto de Normalización Nacional (INN), órganos estos que han
aprobado normas ISO como sus equivalentes normas chilenas (NCh),
respectivamente, en todo orden de materias, y en lo que a las publicaciones
interesa, en cuanto a documentación y referencias bibliográficas. Las normas de
citación ISO son consideradas como estándares en publicaciones científicas
internacionales, incluidas las jurídicas.
Las normas estándares
de citación poseen un atributo de gran importancia: su uniformidad permite la
generación de bases de datos bibliométricas en línea, entregando a la comunidad
académica interesantes estadísticas y mediciones de índices de impacto de las
publicaciones a nivel mundial.
La experiencia al
respecto, de prestigiadas publicaciones especializadas internacionales, es que
cuentan con normas de publicación poderosas en su potencial de uso y
aplicación, con la ventaja de conjugarlo en nomenclaturas sencillas, libres de
algunos rígidos formalismos de nuestra anárquica cultura de citación en
revistas jurídicas.
Fruto de este
análisis, la Revista Chilena de Derecho, a partir de este número, ha modificado
sus normas de publicación para las colaboraciones de estudios, comentarios de
jurisprudencia y recensiones. Las nuevas "Instrucciones para los
colaboradores" están basadas en las siguientes normas chilenas, con su
equivalencia a normas ISO:
- NCh1143.Of1999 Documentación - Referencias
bibliográficas - Contenido, forma y estructura; equivalente norma ISO 690: 1987
(Information and documentation - Bibliographic references - Content, form and
structure); y
- NCh1143/2.Of2003 Información y documentación
- Referencias bibliográficas - Parte 2: Documentos electrónicos o partes de
ellos; equivalente norma ISO 690-2 (Information and documentation -
Bibliographic references Part 2: Electronic documents or parts thereof).
Sin perjuicio de que
existen otras normas ISO aplicables, estimamos del caso solo centrarnos en
estas dos principales. Cabe señalar que estas normas pueden ser aplicadas
también, entre otros, por los editores de libros, por los investigadores y
directores de tesis, e incorporadas a la reglamentación de estas últimas.
El trabajo que hemos
desarrollado para la Revista Chilena de Derecho consulta unas normas de
edición, referencias y citación que siguen estrictamente las normas chilenas e
ISO indicadas, pero que a la vez pretenden conjugar: la simplificación de su
uso en la función productiva de los autores; mejorar la comprensión por parte
de los lectores de las fuentes utilizadas en los trabajos publicados; y, en
fin, para facilitar la elaboración de parámetros de medición de citación, se
incorpora como obligatorio un listado final de referencias bibliográficas.
Nuestro nuevo estilo
de citación, además, integra una funcionalidad adicional: es totalmente
compatible con las nuevas tecnologías de la información en el campo de la
edición de revistas científicas. Esto, con el fin de lograr la mayor amplitud
de indización de la Revista en sistemas de búsqueda y facilitar la publicación
de la edición electrónica de esta en bases de datos con acceso vía Internet,
desde el sitio web de la Scientific Electronic Library Online (SciELO),
http://www.scielo.cl, a la cual se ha incorporado nuestra publicación.
La transición en la
aplicación de las nuevas instrucciones de publicación que desde este número
anunciamos, se ha realizado de la manera más prolija y responsable posible,
manteniendo siempre como horizonte la búsqueda del mayor beneficio para
nuestros autores y lectores.
Además, realizamos
esta modificación con la plena convicción de estar efectuando una modesta
contribución a la comunidad científico-jurídica de editores de nuestro país.
Por último, sabemos que la puesta en marcha no estará exenta de
dificultades, por lo que solicitamos desde ya la comprensión de autores y
lectores.
[Publicado en Revista Chilena de Derecho, Vol. 33, Nº 1, 2006]