31 de diciembre de 2001

El papel de las revistas humanísticas en la Pontificia Universidad Católica de Chile


a. En la universidad las revistas tienen una gran relevancia para el debate de las ideas, dado que tienen una mayor agilidad que otras publicaciones, como los mismos libros. Este objetivo de las publicaciones también hace necesaria una buena gestión en la administración de las mismas, pues su periodicidad debe ser respetada, sus fechas de edición, etc. Esto es una garantía doble: para los autores, pues estos se entusiasmarán en preparar artículos que pronto serán publicados; y para los lectores, que pueden leer informaciones de mucha actualidad. Desde este punto de vista, la conducta de las revistas en cuanto a su aparición es relevante, pero que no siempre es posible lograr: en todo caso, nuestro intento siempre ha sido mantener una buena conducta al respecto.

Debido al carácter particular de las disciplinas humanísticas, a menudo es imprescindible tener publicaciones propias, sobre todo en esta Universidad, que debe enfrentar de una forma especial los problemas del Derecho. Las revistas humanísticas, como esta, deben llevar el pulso de lo que hace la Universidad en las discusiones humanísticas, debe llevar hacia fuera de la Universidad la impronta del grupo que está trabajando dentro de ella, a través de estudios en que quede en evidencia todos aquellos elementos de juicio centrales que le dan unidad a nuestro quehacer universitario, y, al mismo tiempo, todos aquellos argumentos que evidencian la diversidad de planteamientos en medio de esos elementos centrales.

b. El Derecho es una ciencia humana, ya que comprende el estudio de la actividad personal humana, en relación a la conducta exigida por la sociedad, contenida en “normas”. Tenemos que entender, entonces, que el Derecho es muy importante, y es indispensable que existan estudios de muchos aspectos de Derecho, sobre todo de sus principios fundamentales, pues el mundo está cambiando demasiado rápidamente, y debemos estar siempre preparados para defender, dentro del cambio, aquellas tradiciones y núcleos de ideas fundamentales que explican nuestra realidad humana.

Hay que alimentar la polémica con aspectos académicos. En Chile se polemiza poco. A través de nuestras secciones de crítica legal, jurisprudencial y doctrinaria deseamos instar a nuestros autores a seguir y profundizar cada vez más la polémica. Publicar artículos y trabajos sobre temas polémicos, defendiendo nuestros puntos de vista, es un objetivo esencial de nuestra Revista. Es importante que, desde esta, la Universidad pueda criticar y evaluar, orientando a los lectores que comparten nuestros principios y a quienes puedan discrepar de ellos, sobre posibles oscuridades o desaciertos de las leyes, de las sentencias de los tribunales y de las obras que se publican en Chile.

c. Las ciencias jurídicas es un área del conocimiento cuyo cultivo es esencialmente de rango universitario, y su estudio tiene una dimensión teórica que subsiste al lado del perfil profesional.

Incluso, no siendo ello siempre exacto, se suelen separar los aspectos teóricos y prácticos del Derecho. No es que el Derecho pueda ser dividido, en sí mismo, en una parte práctica o una teórica: siempre es una ciencia práctica, que presta servicios al hombre, ofreciendo pautas para la solución de los conflictos propios de la organización humana. Es la actitud del hombre la que es teórica o práctica.

Hay aún un porcentaje, quizás menor, pero existe, de hombres de Derecho que hacen ciencia por la ciencia, y ofrecen trabajos teóricos del Derecho. En ellos, usualmente, es posible descubrir una búsqueda del valor agregado explícita o implícitamente a las normas, a través de una hermenéutica metodológicamente bien construida. Ellos tienen amplia cabida en una publicación como esta; de ellos se nutre en gran medida. Ellos mismos, para llevar adelante sus estudios, quizás se valgan también de aspectos prácticos, de aplicación del Derecho, a los que les dan luz los autores más cercanos a la praxis.

Pues, al mismo tiempo, existe una serie de resultados prácticos de la aplicación del Derecho, lo que los juristas denominamos fuentes, como las propias leyes, y en mayor medida la jurisprudencia de los tribunales. Esos resultados prácticos ponen en evidencia la aplicación de las instituciones, y los estudiosos de los aspectos teóricos, desde publicaciones como estas, pueden ir criticando esa aplicación práctica y ofreciendo orientaciones desde su perspectiva.

Ese es el doble papel que cumple esta Revista: ser una fuente de información teórica y práctica, y que deseamos lo siga cumpliendo.

d. Al mismo tiempo de intentar publicar en lo posible números de la Revista dedicados especialmente a uno o varios temas específicos, deseamos profundizar el camino de lo interdisciplinario: una muestra ha sido el número anterior a este, relativo a las garantías constitucionales, bajo la óptica de distintas disciplinas.

Así como el economista, el ingeniero, el geógrafo, el agrónomo, el medico tienen que tener en cuenta el Derecho para plantear de mejor manera sus propias preguntas disciplinarias, del mismo modo los hombres de Derecho, los juristas, tampoco pueden olvidar a las demás disciplinas, y en lo posible propiciar el debate interdisciplinario. Normalmente los problemas complicados de Derecho deben considerar conceptos, elementos o datos provenientes de otras disciplinas (aspectos que muchos hombres de leyes suelen denominar “aspectos técnicos”, como si el Derecho mismo no tuviese también aspectos técnicos); y ya es cada vez más claro, por ejemplo, que la economía no debe ser olvidada al momento de estudiar las leyes relativas al comercio o a la actividad de las empresas; tampoco puede ser olvidada la ingeniería al estudiar las leyes de aguas, minas, construcción, etcétera.

En fin, y para recalcar la que podríamos calificar como la interdisciplinariedad esencial para nosotros, la moral, los principios que defienden los hombres de bien, nuestra entidad biológica, no pueden ser olvidados a la hora de evaluar las leyes y decisiones sociales respecto de las personas: su vida, su matrimonio, sus hijos, y demás temas que, bajo nuestro prisma valórico, tan frecuente y fuertemente defendemos desde esta Universidad.



[Publicado en Revista Chilena de Derecho, Vol. 28, Nº 3, 2001]