31 de diciembre de 1999

La cultura de las revistas jurídicas chilenas


a. En 1990, inspirado en la línea de trabajo iniciada por Paolo Grossi en los “Quaderni fiorentini” (vid. recensión en: RChD, XVII [1990], pp. 431-432) y a partir de una conversación con Alejandro Guzmán Brito, director y fundador de la Revista de Derecho (Valparaíso) y de la Revista de Estudios Histórico-Jurídicos, propuse la idea de organizar un simposio sobre la cultura de las revistas jurídicas chilenas, a lo que él respondió con su tradicional entusiasmo. Así, luego de formar un comité organizador, integrado por editores de diversas revistas jurídicas del país, se celebró en Valparaíso, el 5 de noviembre de 1990, el “Primer Simposio sobre las revistas jurídicas chilenas” (vid. crónica en: Temas de Derecho, V, N” 2 [1990], pp. 35-39).

En tal simposio se presentaron breves trabajos sobre la historia de las principales revistas jurídicas chilenas, por quienes a la época eran sus directores (de la “Revista de Derecho”, de Concepción; de “Temas de Derecho”: de la “Revista de Ciencias Penales”; de la “Revista Chilena de Historia del Derecho”; de “Gaceta Jurídica”, en fin, de la “Revista Chilena de Derecho”); y, además, lo que era inédito en la investigación realizada hasta esa fecha en Chile, se presentaron varios trabajos de carácter histórico-jurídico, relativos a diversas revistas, de los cuales sólo llegó a publicarse con posterioridad uno de ellos (el de Enrique Brahm García, Los comienzos de la primera revista jurídica chilena: La “Gaceta de los Tribunales” entre 1841 y 1860, en: “Revista de Estudios Histórico-Jurídicos”, XIV [1991], pp. 45-56), pues las Actas del encuentro en definitiva no llegaron a publicarse.

b. Este unicum en la historia de la reflexión jurídica había sido iniciado en 1983, año en que Grossi organizó el primer encuentro sobre la “cultura” de la revista jurídica italiana, apareciendo la palabra “cultura” así, como la escribo, con comillas, las que luego desaparecerían, por pasar a formar parte del concepto de esta nueva línea de investigación (ver tales actas en: Grossi, Paolo [dir.], La “cultura” delle riviste giuridiche italiane. Atti del primo incontro de studio. Firenze, 15-16 aprile 1983, Milán, Giuffrè editore, 1984, 198 pp.). Luego Grossi extendería este trabajo a otros aspectos y revistas italianas históricas (vid. el volumen monográfico sobre la “Riviste giuridiche italiane [1865-19451, en: “Quadernifiorentini per la storia del pensiero giuridico moderno”, 16 [1987], 720 pp.); y a una nueva investigación sobre una relevante revista del siglo XIX (Grossi, Paolo. “La scienza del diritto privatto” - Una Rivista - prosetto nellafirenze difine secolo - 1893/1896, Milán, Giuffrè, 1988).

Además esta línea de trabajo ha entusiasmado a editores de otros países. Respecto de Francia, se produjo con posterioridad un breve estudio de características similares (vid. Arnaud, André-Jean [dir], La culture des revues juridiques francaises, Milán, Giuffrè, 1988, 140 pp.); en Argentina, en el año 1994 se organizó un seminario sobre “Las Revistas Jurídicas españolas y argentinas (1850-1950)” (vid. actas en: Tau Anzoategui, Victor [dir.]. La revista jurídica en la cultura contemporánea [Buenos Aires, Ediciones Ciudad argentina, 1997, 389 pp.], y en España, Cataluña, en 1997, se organizó el simposio internacional “Les rivistes jurídiques a las portes del segle XXI” [vid. actas en: “Revista jurídica de Catalunya”, número extraordinario a propósito de su centenario [1895-19951, 1997, pp. 163-358).

Además de estas colecciones, existen algunos otros trabajos individuales en esta línea (al respecto, podemos citar el de Guzmán Brito, Alejandro, La contribución de las revistas histórico-jurídicas a la conciencia sobre la unidad del sistema jurídico latinoamericano, en: “Roma e America. Diritto Romano Comune. Rivista di diritto dell’integrazione e unificazione del diritto in europe e in america latina”, N° 5 [1998], pp. 187- 197); y en una línea más analítica de algunos aspectos sustantivos de la cultura jurídica de las revistas jurídicas, como son sus contenidos y programas de indización, pueden indicarse los esfuerzos realizados en esta página editorial desde 1998 (vid. Revitalizar el comentario de jurisprudencia, en: Rchd, vol. 25, n° 2 [1998], pp. 271-272; Critica bibliográfica en materia jurídica, en: Rchd, vol. 25, n° 3 [1998], pp. 531-532, y, finalmente, “Indización de las revistas jurídicas chilenas”, en: Rchd, vol. 26, n° 1 [1999], pp. 7-8).

c. El panorama histórico de las revistas jurídicas chilenas está abierto a los ojos del investigador, y su análisis puede iluminar nuestra actividad actual y futura en el campo de la edición de revistas jurídicas, sobre todo en estos últimos años en que el sector muestra cierto dinamismo.

Desde esta casa universitaria estamos ofreciendo desde el año pasado el esfuerzo de editar un millar de páginas anuales, a través de cuatro números. Desde otros centros de estudios es posible ver el mismo esfuerzo: por ejemplo, es destacable la “Revista de Derecho”, de la Universidad Católica del Norte, Sede Coquimbo, dirigida por Luz María Reyes Santelices, que completa este año seis oportunas y excelentes entregas anuales; además la nueva revista especializada en derecho público, “Ius Publicum”, nacida en 1998 (de la cual incluimos una reseña en este número, pp. 533-534), que dirige Eduardo Soto Kloss y que edita la Universidad Santo Tomás; los “Cuadernos de Análisis jurídico”, que publica la Universidad Diego Portales, aunque sin una periodicidad preestablecida, y que conduce Carlos Peña González; la “Revista de Derecho de Minas y Aguas” (vol. 1 [1990] a vol. III [1992]), luego escindida, dando origen a dos revistas: “Revista de Derecho de Minas”, vol. IV (1992) a vol. IX (1998) y “Revista de Derecho de Aguas”, vol. IV (1992) a vol. IX (1998), fundadas y editadas bajo la dirección del suscrito, hasta el año 1998.

¿Cuál es el aporte real de las revistas que divulgamos? ¿En qué casos persistir en el modelo miscelánico, y en qué casos en el modelo especializado? ¿Cómo mejorar el contenido de las mismas? ¿Cómo acrecentamos nuestra llegada a los lectores? ¿Las revistas jurídicas han de estar adscritas sólo a una escuela o ser más abiertas? (al estilo de la Zeitschrift für geschichtliche Rechtswisssenschaft [Revista para la ciencia del Derecho desde el punto de vista histórico], fundada en 1815 por Savigny, Eichorn y Goeschen; vid., al respecto, las convicciones de: Savigny, Friedrich Karl Von, Sobre el fin de la revista de la escuela histórica [texto introductorio del N° 1, tomo 1 de la revista], traduce. en: Savigny y la ciencia del Derecho, “Revista de Ciencias Sociales” N° 14 [Valparaíso, 1979], 1, pp. 55-64).

Todo esto debiera ser objeto de análisis en un nuevo simposio sobre la cultura de las revistas jurídicas chilenas, cuya organización está pendiente entre nosotros: poner pronto término a esta deuda investigativa depende de los historiadores del derecho y de todos quienes editamos revistas jurídicas. Además, cumpliendo nuestro compromiso de organizar el segundo simposio (vid. Crónica, cit., Temas de Derecho, V, N° 2, 1990, p. 37), esperamos efectuar pronto tal convocatoria.



[Publicado en Revista Chilena de Derecho, Vol. 26, Nº 2, 1999]