30 de diciembre de 2004

Nueva etapa de la Revista de Derecho Administrativo Económico



El derecho administrativo económico designa un sector del derecho administrativo: aquellas materias y disciplinas especializadas desgajadas de aquél, hoy autónomas, relativas a la intervención administrativa en las actividades económicas. Es la materia que intenta cubrir del modo más amplio posible esta publicación.

La Revista de Derecho Administrativo Económico es una publicación semestral editada por el Programa de Derecho Administrativo Económico (PDAE), de la Facultad de Derecho de la Pontificia Universidad Católica de Chile, y a partir de este número es distribuida por la editorial LexisNexis.

La Revista ha cumplido un lustro y una primera etapa. A partir de este número, ofrecemos un reordenamiento de las disciplinas y materias objeto de su interés, y se incorpora a su quehacer un nuevo Comité Asesor, integrado por reconocidos especialistas nacionales y extranjeros, a quienes recibimos con profunda satisfacción.

l. Relevancia de !m temas abarcados y motivación académica. Esta publicación surge en 1999, ante la relevancia de las materias y disciplinas que conforman el derecho administrativo económico, y a raíz de una constatación básica: la intensa, diversa y compleja intervención que realiza el "Estado-Administración" en el área económica, en especial en algunos sectores muy significativos, a través de distintos mecanismos y órganos, en cuyo núcleo se encuentra la tensión entre potestad (de los órganos del Estado) y libertad(de las personas/ ciudadanos/ "administrados"); todo lo cual es objeto de análisis por la ciencia del derecho administrativo.

a) En general, existe todo un poder del Estado (la Administración) que lleva adelante una intensa y amplia actividad, dadas las potestades que la ley otorga a sus diversos órganos. A partir de la amplia posibilidad que el orden interno otorga a los particulares para adoptar decisiones económicas de manera libre y descentralizada, lo que origina el funcionamiento de los "mercados", ha ido adquiriendo cada vez una mayor importancia el derecho administrativo de la economía; de ahí que el estudio de sus fundamentos y de la regulación (o de los "marcos regulatorios", como se suele decir en la práctica por los profesionales no juristas) es imprescindible.

Sólo unos pocos conocedores logran sistematizar con propiedad la gama de órganos y materias que cubren esta actividad administrativa. Esta disciplina general es importante para la praxis que desarrollan los abogados que apoyan la acción administrativa (fiscales y asesores de los entes administrativos, centrales, regionales y municipales); para quienes ejercen el control de dicha acción (abogados del órgano contralor), como para aquellos que asesoran a los particulares y empresas en sus contactos con la Administración. También para jueces y juristas.

Muchos sectores de la economía, por diferentes motivos, presentan problemas de técnica jurídica en sus regulaciones, tanto para la delimitación de los derechos de los particulares como de las potestades de la Administración, y sus disputas suelen ser de una creciente complejidad.

Incluso en sectores económicamente más exitosos no es posible negar su alta conflictividad, sumado a una creciente incertidumbre de la jurisprudencia judicial.

b) La dogmática jurídica (mediante su trabajo propio de sistematización, comprensión y análisis de la legislación vigente y de la jurisprudencia, y de la constatación de los valores ínsitos en el orden interno) debe ofrecer modelos de solución a los conflictos entre los particulares y el Estado-Administración en materia económica. Esta revista es y seguirá siendo la sede normal de publicación de análisis dogmáticos, en que queda en evidencia el servicio que prestamos los juristas a la praxis ius administrativa.

El derecho administrativo ha tenido un desarrollo normativo y jurisprudencial  extraordinario en los últimos años, y la tarea científica, de enseñanza jurídica y editorial debe responder a las necesidades crecientes de los operadores jurídicos. No existe actualmente en nuestro país una publicación que cubra en toda su especificidad y con exclusividad la disciplina del derecho administrativo, ni a su rama económica. Respondemos así a la amplia necesidad práctica de información.

Es además esperable (y los administrativistas estamos esperanzados en ello; en especial, en lo relativo a la Nueva justicia Administrativa: esto es, los tribunales de lo contencioso administrativo) que sigan apareciendo en el Diario Oficial novedades legislativas relevantes en materias de derecho administrativo (como la más importante del último tiempo: la Ley N° 19.880, de bases de los procedimientos administrativos, en 2003). Todo lo cual será objeto de nuestra atención.

2. El derecho administrativo y las actuales publicaciones especializadas en el área. Actualmente no existe en Chile ninguna revista especializada únicamente en el derecho administrativo. Las que existen tienen un carácter más amplio y cubren todo el "derecho público".

En efecto, la Revista de Derecho Público, que edita la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile, es un volumen anual, que cubre tanto el derecho constitucional como, usualmente en menor medida, el derecho administrativo. Publica estudios y bibliografía. Por su parte, la revista Ius Publicum, que edita la Facultad de Derecho de la Universidad Santo Tomás, es de un carácter similar a la anterior, y edita no sólo estudios de derecho constitucional y administrativo, sino también de filosofía del derecho o incluso de doctrina religiosa. Destina algunas páginas a comentarios jurisprudenciales.

Mención aparte merecen las sedes de edición de jurisprudencia. La Revista de Derecho y jurisprudencia dedica, en su segunda parte, una sección íntegra a la jurisprudencia de derecho público (la 5ª); entre los años 1999 y 2001 dedicó una sección especial (la 7ª) a editar jurisprudencia de recursos naturales y servicios públicos, la que fue suprimida. La Gaceta Jurídica publica, con resumen de sus doctrinas, sentencias de índole administrativa y dictámenes de la Contraloría General de la República, pues es una revista general de jurisprudencia, pero sin dedicar una sección especial al derecho administrativo.

A aquellas revistas especializadas se ha unido en 1999 nuestra Revista de Derecho Administrativo Económico, la que ha cubierto aspectos generales del derecho administrativo general y de disciplinas y materias del derecho administrativo económico. No obstante, dada su conexión con un programa de investigación jurídica en su sede universitaria, ha debido dedicar hasta ahora muchas de sus páginas a trabajos sobre recursos naturales y a algunos servicios públicos (es el caso de las aguas, minas, y de los servicios sanitario y eléctrico).

La Revista se planteó en 1999 un ambicioso plan, el que no pudo ser cumplido íntegramente, lo que ahora se intentará. A partir de este primer número de 2004, se ha  reajustado su plan editorial y de un modo igualmente ambicioso que en sus inicios, intentaremos cubrir un amplio panorama de las disciplinas y materias del derecho administrativo económico; pero ahora avizoramos un porvenir promisorio, dada la inestimable ayuda que ya estamos recibiendo de su renovado Comité Asesor, y de la casa editorial LexisNexis.

3. Nueva etapa de una Revista para la práctica del derecho administrativo económico. En esta nueva etapa la Revista cubrirá de un modo más amplio toda información general y especial relevante de las disciplinas y materias del derecho administrativo económico, a través de sus secciones habituales de Estudios; Jurisprudencia (analizada, esto es, con resumen de "doctrina'' y en lo posible comentada; sección dedicada tanto a la jurisprudencia emanada de los Tribunales ordinarios y especiales, como dictámenes de la Contraloría General de la República); y Bibliografía (destinada a dar noticia de novedades bibliográficas nacionales o extranjeras de la disciplina).

El reordenamiento de las materias es la siguiente:
(1º) Derecho Administrativo General: Organismos reguladores de la actividad económica / Procedimiento y actos administrativos / Contratos, concesiones y autorizaciones / Fiscalización, supervigilancia y sanciones / Control/ Responsabilidad;

(2º) Recursos naturales, energía y medio ambiente: Derecho de aguas / Derecho de minería / Derecho de pesca, acuicultura y concesiones marítimas / Derecho forestal y áreas silvestres / Derecho de la energía y combustibles / Derecho del medio ambiente;

(3º) Mercado y servicios públicos: Derecho de la competencia / Derecho eléctrico y del gas / Derecho sanitario (agua potable y alcantarillado) / Derecho de telecomunicaciones; y

(4°) Bienes públicos, urbanismo y territorio: Derecho de bienes públicos / Derecho urbanístico y ordenamiento territorial / Expropiación, servidumbres y limitaciones administrativas del dominio.

A estas materias se ha abocado la Revista desde 1999 y seguirá haciéndolo con renovadas fuerzas. El aporte realizado en estos años quedará en evidencia en el índice que anunciamos para el próximo número de este año 2004.

4. Periodicidad semestral y cambio de numeración. Son diversas las decisiones formales que todo editor de una revista debe adoptar, con efectos prácticos evidentes, como es el caso de dos criterios relacionados: la periodicidad y la numeración.

a) En cuanto a la periodicidad, la revista nació con una definición semestral, salvo el año 2001, en que se editaron 3 números, por lo que la revista ese año fue cuatrimestral. Esta periodicidad semestral se mantiene.   

b) En cuanto a la numeración, desde el primer número se eligió un triple criterio: hacer mención al año calendario; al n° de ejemplar de ese año (con numeración arábiga, vinculada a su aparición semestral); y al n ° de volumen (con numeración romana), cuyo ritmo de cambio es equivalente al año. La inclusión de una numeración anual de cada volumen suele agregarse imaginando que los suscriptores empastarán los ejemplares aparecidos en cada año en un mismo "volumen" material.

Hemos comprobado que este doble criterio de numeración anual (de año calendario y de volumen) no facilita la citación y ubicación material de los ejemplares de la Revista, por lo que hemos querido aprovechar esta nueva etapa para modificarlo. Lamentamos los inconvenientes que esto pueda originar.


Por lo tanto, a partir de este ejemplar, se efectuará la numeración de un modo simplificado, indicando solamente el número correlativo de la Revista junto al año calendario de edición de la misma. Para hacer operativo lo anterior hemos tenido que intervenir el pasado y asignar un número a cada uno de los once ejemplares de la Revista editados hasta ahora, de lo que se deriva que este primer ejemplar de 2004 corresponde al N° 12.


[Publicado en Revista de Derecho Administrativo Económico, Nº 12, 2004]