El derecho administrativo económico designa
un sector del derecho administrativo: aquellas materias y disciplinas
especializadas desgajadas de aquél, hoy autónomas, relativas a la intervención administrativa
en las actividades económicas. Es la materia que intenta cubrir del modo más amplio
posible esta publicación.
La Revista de Derecho Administrativo
Económico es una publicación semestral editada por el Programa de Derecho
Administrativo Económico (PDAE), de la Facultad de Derecho de la Pontificia
Universidad Católica de Chile, y a partir de este número es distribuida por la
editorial LexisNexis.
La Revista ha cumplido un lustro y una
primera etapa. A partir de este número, ofrecemos un reordenamiento de las
disciplinas y materias objeto de su interés, y se incorpora a su quehacer un
nuevo Comité Asesor, integrado por reconocidos especialistas nacionales y
extranjeros, a quienes recibimos con profunda satisfacción.
l. Relevancia de !m temas abarcados y
motivación académica. Esta publicación surge en 1999, ante la relevancia de las
materias y disciplinas que conforman el derecho administrativo económico, y a
raíz de una constatación básica: la intensa, diversa y compleja intervención
que realiza el "Estado-Administración" en el área económica, en
especial en algunos sectores muy significativos, a través de distintos
mecanismos y órganos, en cuyo núcleo se encuentra la tensión entre potestad (de
los órganos del Estado) y libertad(de las personas/ ciudadanos/
"administrados"); todo lo cual es objeto de análisis por la ciencia
del derecho administrativo.
a) En general, existe todo un poder del
Estado (la Administración) que lleva adelante una intensa y amplia actividad,
dadas las potestades que la ley otorga a sus diversos órganos. A partir de la
amplia posibilidad que el orden interno otorga a los particulares para adoptar
decisiones económicas de manera libre y descentralizada, lo que origina el
funcionamiento de los "mercados", ha ido adquiriendo cada vez una
mayor importancia el derecho administrativo de la economía; de ahí que el
estudio de sus fundamentos y de la regulación (o de los "marcos
regulatorios", como se suele decir en la práctica por los profesionales no
juristas) es imprescindible.
Sólo unos pocos conocedores logran
sistematizar con propiedad la gama de órganos y materias que cubren esta
actividad administrativa. Esta disciplina general es importante para la praxis
que desarrollan los abogados que apoyan la acción administrativa (fiscales y
asesores de los entes administrativos, centrales, regionales y municipales);
para quienes ejercen el control de dicha acción (abogados del órgano
contralor), como para aquellos que asesoran a los particulares y empresas en
sus contactos con la Administración. También para jueces y juristas.
Muchos sectores de la economía, por
diferentes motivos, presentan problemas de técnica jurídica en sus
regulaciones, tanto para la delimitación de los derechos de los particulares
como de las potestades de la Administración, y sus disputas suelen ser de una
creciente complejidad.
Incluso en sectores económicamente más
exitosos no es posible negar su alta conflictividad, sumado a una creciente
incertidumbre de la jurisprudencia judicial.
b) La dogmática jurídica (mediante su trabajo
propio de sistematización, comprensión y análisis de la legislación vigente y
de la jurisprudencia, y de la constatación de los valores ínsitos en el orden
interno) debe ofrecer modelos de solución a los conflictos entre los particulares
y el Estado-Administración en materia económica. Esta revista es y seguirá
siendo la sede normal de publicación de análisis dogmáticos, en que queda en
evidencia el servicio que prestamos los juristas a la praxis ius
administrativa.
El derecho administrativo ha tenido un
desarrollo normativo y jurisprudencial extraordinario
en los últimos años, y la tarea científica, de enseñanza jurídica y editorial
debe responder a las necesidades crecientes de los operadores jurídicos. No
existe actualmente en nuestro país una publicación que cubra en toda su
especificidad y con exclusividad la disciplina del derecho administrativo, ni a
su rama económica. Respondemos así a la amplia necesidad práctica de información.
Es además esperable (y los administrativistas
estamos esperanzados en ello; en especial, en lo relativo a la Nueva justicia
Administrativa: esto es, los tribunales de lo contencioso administrativo) que
sigan apareciendo en el Diario Oficial novedades legislativas relevantes en materias
de derecho administrativo (como la más importante del último tiempo: la Ley N°
19.880, de bases de los procedimientos administrativos, en 2003). Todo lo cual
será objeto de nuestra atención.
2. El derecho administrativo y las actuales
publicaciones especializadas en el área. Actualmente no existe en Chile ninguna
revista especializada únicamente en el derecho administrativo. Las que existen
tienen un carácter más amplio y cubren todo el "derecho público".
En efecto, la Revista de Derecho Público, que
edita la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile, es un volumen anual,
que cubre tanto el derecho constitucional como, usualmente en menor medida, el
derecho administrativo. Publica estudios y bibliografía. Por su parte, la
revista Ius Publicum, que edita la Facultad de Derecho de la Universidad Santo
Tomás, es de un carácter similar a la anterior, y edita no sólo estudios de
derecho constitucional y administrativo, sino también de filosofía del derecho
o incluso de doctrina religiosa. Destina algunas páginas a comentarios
jurisprudenciales.
Mención aparte merecen las sedes de edición
de jurisprudencia. La Revista de Derecho y jurisprudencia dedica, en su segunda
parte, una sección íntegra a la jurisprudencia de derecho público (la 5ª);
entre los años 1999 y 2001 dedicó una sección especial (la 7ª) a editar jurisprudencia
de recursos naturales y servicios públicos, la que fue suprimida. La Gaceta Jurídica
publica, con resumen de sus doctrinas, sentencias de índole administrativa y
dictámenes de la Contraloría General de la República, pues es una revista
general de jurisprudencia, pero sin dedicar una sección especial al derecho
administrativo.
A aquellas revistas especializadas se ha
unido en 1999 nuestra Revista de Derecho Administrativo Económico, la que ha cubierto
aspectos generales del derecho administrativo general y de disciplinas y
materias del derecho administrativo económico. No obstante, dada su conexión con
un programa de investigación jurídica en su sede universitaria, ha debido
dedicar hasta ahora muchas de sus páginas a trabajos sobre recursos naturales y
a algunos servicios públicos (es el caso de las aguas, minas, y de los
servicios sanitario y eléctrico).
La Revista se planteó en 1999 un ambicioso
plan, el que no pudo ser cumplido íntegramente, lo que ahora se intentará. A
partir de este primer número de 2004, se ha reajustado su plan editorial y de un modo
igualmente ambicioso que en sus inicios, intentaremos cubrir un amplio panorama
de las disciplinas y materias del derecho administrativo económico; pero ahora avizoramos
un porvenir promisorio, dada la inestimable ayuda que ya estamos recibiendo de
su renovado Comité Asesor, y de la casa editorial LexisNexis.
3. Nueva etapa de una Revista para la práctica
del derecho administrativo económico. En esta nueva etapa la Revista cubrirá de
un modo más amplio toda información general y especial relevante de las
disciplinas y materias del derecho administrativo económico, a través de sus secciones
habituales de Estudios; Jurisprudencia (analizada, esto es, con resumen de
"doctrina'' y en lo posible comentada; sección dedicada tanto a la
jurisprudencia emanada de los Tribunales ordinarios y especiales, como
dictámenes de la Contraloría General de la República); y Bibliografía (destinada
a dar noticia de novedades bibliográficas nacionales o extranjeras de la
disciplina).
El reordenamiento de las materias es la
siguiente:
(1º) Derecho Administrativo General:
Organismos reguladores de la actividad económica / Procedimiento y actos
administrativos / Contratos, concesiones y autorizaciones / Fiscalización,
supervigilancia y sanciones / Control/ Responsabilidad;
(2º) Recursos naturales, energía y medio
ambiente: Derecho de aguas / Derecho de minería / Derecho de pesca, acuicultura
y concesiones marítimas / Derecho forestal y áreas silvestres / Derecho de la
energía y combustibles / Derecho del medio ambiente;
(3º) Mercado y servicios públicos: Derecho de
la competencia / Derecho eléctrico y del gas / Derecho sanitario (agua potable
y alcantarillado) / Derecho de telecomunicaciones; y
(4°) Bienes públicos, urbanismo y territorio:
Derecho de bienes públicos / Derecho urbanístico y ordenamiento territorial /
Expropiación, servidumbres y limitaciones administrativas del dominio.
A estas materias se ha abocado la Revista
desde 1999 y seguirá haciéndolo con renovadas fuerzas. El aporte realizado en
estos años quedará en evidencia en el índice que anunciamos para el próximo
número de este año 2004.
4. Periodicidad semestral y cambio de
numeración. Son diversas las decisiones formales que todo editor de una revista
debe adoptar, con efectos prácticos evidentes, como es el caso de dos criterios
relacionados: la periodicidad y la numeración.
a) En cuanto a la periodicidad, la revista
nació con una definición semestral, salvo el año 2001, en que se editaron 3
números, por lo que la revista ese año fue cuatrimestral. Esta periodicidad
semestral se mantiene.
b) En cuanto a la numeración, desde el primer
número se eligió un triple criterio: hacer mención al año calendario; al n° de
ejemplar de ese año (con numeración arábiga, vinculada a su aparición
semestral); y al n ° de volumen (con numeración romana), cuyo ritmo de cambio
es equivalente al año. La inclusión de una numeración anual de cada volumen
suele agregarse imaginando que los suscriptores empastarán los ejemplares
aparecidos en cada año en un mismo "volumen" material.
Hemos comprobado que este doble criterio de
numeración anual (de año calendario y de volumen) no facilita la citación y
ubicación material de los ejemplares de la Revista, por lo que hemos querido
aprovechar esta nueva etapa para modificarlo. Lamentamos los inconvenientes que
esto pueda originar.
Por lo tanto, a partir de este ejemplar, se
efectuará la numeración de un modo simplificado, indicando solamente el número
correlativo de la Revista junto al año calendario de edición de la misma. Para
hacer operativo lo anterior hemos tenido que intervenir el pasado y asignar un
número a cada uno de los once ejemplares de la Revista editados hasta ahora, de
lo que se deriva que este primer ejemplar de 2004 corresponde al N° 12.
[Publicado en Revista de Derecho Administrativo Económico, Nº 12, 2004]