30 de diciembre de 2010

Códigos chilenos comentados: la importancia del comentario

Literalmente un comentario corresponde a la explicación de una obra para su mejor intelección. Dentro de la ciencia jurídica, el comentario responde a una técnica utilizada de antigua data, y que tuvo entre sus primeros exponentes a los glosadores, quienes dedicaban su vida a comentar grandes cuerpos normativos por un método de exégesis, con anotaciones interpretativas y aclaratorias que ubicaban al margen del texto comentado.

Actualmente, el comentario de la legislación, que involucre análisis y crítica del derecho vigente, resulta sumamente enriquecedor, y corresponde, por oficio, a los juristas.

En tiempos donde la cultura jurídica ha ido perdiendo espacio, es nuestro deber como juristas recuperar -y traspasar- la motivación por elaborar textos científicos de calidad, que es lo que caracteriza y diferencia a un verdadero jurista y lo separa del ejercicio puro y simple de la profesión, dándole un valor agregado a su trabajo.

Para realizar un comentario jurídico, es necesaria una estructura metodológica, a la que deberán incorporarse elementos como la Doctrina y la Jurisprudencia, sumamente útiles a la hora de confrontar el ordenamiento con problemas jurídicos que surgen diariamente de la realidad.

La importancia de conocer, estudiar y comentar la legislación, redundará en mejores materiales de enseñanza y crítica del Derecho y, por cierto, colaborará con la labor de nuestros jueces, quienes podrán gozar de textos de apoyo que agreguen otros aspectos complementarios de la ciencia jurídica y que, sin duda, favorezcan un trabajo claro y razonado.


De esta forma, el comentario de una obra determinada es fundamental para el desarrollo científico del Derecho, y constituye –además- una herramienta adecuada y eficaz al servicio de quienes están llamados a aplicarlo.



[Publicado en  La Semana Jurídica, nº especial, 2010]