En nuestra cultura jurídica
existen dos actores relevantes: jueces y juristas, cuyas decisiones o análisis,
según el caso, se realizan necesariamente sobre una misma base práctica: el derecho
vigente en un país determinado.
Ambos están conectados, a su
vez, con dos realidades de la vida social: en primer lugar, con el acceso de
todos y cada uno a la "justicia", en caso de conflictos entre
personas o de frente a órganos estatales; y, en segundo lugar, con el acceso a
la "enseñanza especializada del derecho", en caso de que cada cual
desee dedicar su vida a alguno de los oficios en que desarrollan su vida los
abogados.
En el caso de los jueces,
ellos emiten "sentencias", que es su tarea sustancial: resolver los
casos sometidos a su conocimiento, quedando constreñido a aplicar el
"derecho vigente" y a no denegar en ningún caso su Decisión; además,
una vez ejecutoriadas, no pueden ser revisadas por el mismo juez, quedando bajo
el manto del desasimiento. Hasta ahí llega su labor, que podrá producir alegría
en el litigante ganancioso o absuelto y tristeza o desconsuelo en el perdidoso o
condenado. Es la "justicia" de cada cual que reclama la sociedad, que
proviene ya sea de los jueces "judiciales" (que integran el Poder
Judicial), "especiales" (que no lo integran pero ejercen
jurisdicción); en fin, del "juez" constitucional (el Tribunal
Constitucional). Podemos, aún más ampliamente, incorporar los dictámenes administrativos
(de la Contraloría General de la República).
Esta tarea de emitir
sentencias, que realizan cada día cientos de jueces del país, es fundamental
por cierto, pero resulta socialmente insuficiente, pues es necesario que dicho
corpus de sentencias, en su conjunto, sea digno de integrar ese fenómeno
cultural que podemos llamar "jurisprudencia".
La tarea de una sociedad,
entonces, recién comienza con la emisión de las sentencias: a partir de ahí es
necesario un intenso trabajo consistente en su conocimiento, sistematización y
análisis. Un país no puede decir seriamente que tiene
"jurisprudencia" sin este agregado cultural; a lo más tiene un
amasijo de decisiones que a primera vista puede resultar anárquico.
Y para cumplir las metas, en
primer término, los mismos jueces deben mejorar su producto en el origen, en
cuanto a contenido, calidad, razonabilidad y profundidad de sus sentencias.
Pero también existe al
respecto una obligación de oficio de quienes dignamente se dejan llamar
"juristas", pues no deben abandonar el papel que les corresponde de
sistematizar y analizar, junto con el derecho vigente, las decisiones de los
tribunales, de donde, entonces, surgirá ese producto cultural que podremos
llamar "jurisprudencia". Sólo así será apreciable el contenido
sustantivo de los principios jurídicos bajo los cuales convive un grupo humano.
Así como el Derecho, como
fenómeno social, no se produce con la mera emisión de leyes o constituciones;
tampoco es reconocible el Derecho en una sociedad si la escena es un amasijo
anárquico y desconocido de decisiones de jueces individuales, sino sólo cuando cada
juez la emita con conciencia de no estar anclado a la mera lex, y dirige su
mirada a los valores y principios que son reconocibles en su propia tarea,
cuando es sistematizada en un corpus realmente "jurisprudencia!", por
un actor que no puede dilatar más su salida en escena: el jurista.
Que
esta Editorial incorpore a partir de ahora una nueva revista de publicación de
jurisprudencia, con la oportunidad, calidad de edición, orden y sistematización
que se ve desde su primera edición, es una gran noticia para jueces y juristas.
Ambos, a partir de ahora, tienen un nuevo instrumento de información para
mejorar su papel.
[Publicado en Jurisprudencia al día, Nº 1, 3 de abril de 2006]