26 de enero de 2013

Servidumbres eléctricas



El 23 de enero la Cámara de Diputados aprobó el proyecto de ley que modifica el procedimiento concesional eléctrico, el que incorpora las indicaciones introducidas por el ejecutivo los días 15 y 23 de enero. Ahora falta la aprobación del Senado.

Es un Proyecto robusto y detallista, que denota un gran trabajo del Ejecutivo y de los Parlamentarios, y que soluciona buena parte de los problemas que se suscitan actualmente en la materia. Pero en cuanto a las servidumbres eléctricas, cabe incorporar mecanismos dirigidos a la fijación y pagos de indemnizaciones justas y adecuadas. Si bien los propietarios merecen recibir valores justos, cabe poner coto a la alta especulación y a los excesos de muchas comisiones tasadoras. Esto se lograría replicando en el proyecto, como actualmente sucede en tarifas sanitarias y eléctricas, la teoría de los juegos.

Esta teoría opera así: en aquellos casos en que no logren acuerdo los propietarios con la empresa eléctrica, la Comisión dirima el conflicto eligiendo uno de los dos valores para las indemnizaciones por servidumbres: i) o el valor que proponga el propietario; y, ii) o el valor que proponga la empresa eléctrica, no estando facultada la Comisión para decidir por un valor intermedio. Esta última regla es la clave, y es la aplicación regulatoria de dicha teoría. Ambas partes (esto es, propietario del terreno y empresa eléctrica) saben de antemano que no pueden alejarse del valor de mercado, pues corren el riesgo de que la Comisión tasadora elija el valor propuesto por la contraparte. Se puede agregar una apelación al Panel de Expertos.

Propongo agregar un artículo o inciso en este sentido.

           Con esto se acaba la especulación y las fijaciones de valores excesivos.




[Publicado en El Mercurio (Cartas al director), 26 de enero de 2013]