El 23 de enero la
Cámara de Diputados aprobó el proyecto de ley que modifica el procedimiento
concesional eléctrico, el que incorpora las indicaciones introducidas por el
ejecutivo los días 15 y 23 de enero. Ahora falta la aprobación del Senado.
Es un Proyecto
robusto y detallista, que denota un gran trabajo del Ejecutivo y de los
Parlamentarios, y que soluciona buena parte de los problemas que se suscitan
actualmente en la materia. Pero en cuanto a las servidumbres eléctricas, cabe
incorporar mecanismos dirigidos a la fijación y pagos de indemnizaciones justas
y adecuadas. Si bien los propietarios merecen recibir valores justos, cabe
poner coto a la alta especulación y a los excesos de muchas comisiones tasadoras.
Esto se lograría replicando en el proyecto, como actualmente sucede en tarifas
sanitarias y eléctricas, la teoría de los juegos.
Esta teoría opera
así: en aquellos casos en que no logren acuerdo los propietarios con la empresa
eléctrica, la Comisión dirima el conflicto eligiendo uno de los dos valores
para las indemnizaciones por servidumbres: i) o el valor que proponga el
propietario; y, ii) o el valor que proponga la empresa eléctrica, no estando facultada la Comisión para
decidir por un valor intermedio. Esta última regla es la clave, y es la
aplicación regulatoria de dicha teoría. Ambas partes (esto es, propietario del
terreno y empresa eléctrica) saben de antemano que no pueden alejarse del valor
de mercado, pues corren el riesgo de que la Comisión tasadora elija el valor
propuesto por la contraparte. Se puede agregar una apelación al Panel de
Expertos.
Propongo agregar un
artículo o inciso en este sentido.
[Publicado en El Mercurio (Cartas al director), 26 de enero de 2013]