30 de diciembre de 2011

Prefacio al "Código de Energía"



El Código de Energía forma parte de la familia editorial hoy llamada “Códigos Abeledo Perrot”, aportando a esa colección una sistematización normativa de la legislación de energía, incluyendo la energía eléctrica, geotérmica, gas, combustibles, hidrocarburos y nuclear.

I. Antecedentes: el origen de este Código

La colección de “Códigos Abeledo Perrot” está integrada en su mayoría por antiguos códigos, creados como tales por el legislador como reflejo del movimiento codificador del siglo XIX: es el caso del Código Civil y del Código de Minería, por ejemplo; y por otros más nuevos, como el Código de Aguas, de mediados del siglo XX, y por el novísimo Código Procesal Penal. Integra igualmente esta colección la Constitución Política, la que propiamente no ha sido denominada por el legislador como código; aunque es consistente su inclusión en la colección no sólo por su relevancia superlativa en nuestro sistema de fuentes, sino con la elegante costumbre académica de denominarla “Código Político”.

Siguiendo una tradición extranjera de codificación académica o no legislativa de las normas y con el único ánimo de ordenar las normas existentes, ponemos a disposición de los lectores una selección de los textos de derecho de energía que hemos considerado los más significativos y más frecuentemente utilizados por el ciudadano y las autoridades, por los profesionales y los estudiantes, por los abogados y los jueces.

      Si bien en su origen se concibió como una recopilación de normativa eléctrica, finalmente se amplió a otros tipos de energías reguladas, pasando a denominarse “Código de Energía”.

II. Estructura del Código

En el Código de Energía ofrecemos una reorganización del material legislativo, clasificándolo según una sistematización que, a nuestro juicio, explica y ordena las distintas áreas del Derecho de energía.

En concordancia con lo anterior, se ha estructurado este Código en las siguientes partes:

El Libro Primero, que trata sobre la Energía Eléctrica, contiene cinco Títulos: el Primero, donde se incluyen la LGSE y otras normas sobre los órganos de la administración y sus potestades; el Segundo, que contiene tanto el RGLSE como los Reglamentos en materia de Generación, Transporte, Distribución, Concesiones, Servidumbres y Sanciones; el Tercero, sobre la Coordinación de la Operación Eléctrica; el Cuarto, relativo al órgano encargado de la resolución de conflictos (Panel de Expertos); el Quinto, sobre Tarifas, y el Sexto, que contiene las Normas Chilenas de Seguridad.

El Libro Segundo está dedicado a la Energía Geotérmica; el Libro Tercero al Gas y Combustibles; el Libro Cuarto trata los Hidrocarburos y, finalmente, el Libro V, la Energía Nuclear.

Incorporamos, además de los índices general (al inicio del libro) y temático (al final), varias sinopsis que esperamos cumplan el rol de guía en ciertos temas de la materia:

i) Síntesis de la evolución de la Ley General de Servicios Eléctricos (LGSE);
ii) Síntesis de los reglamentos vigentes en materia eléctrica;
iii) Síntesis sobre naturaleza y estructura de los Centros de Despacho Económico de Carga;
iv) Listado de dictámenes del Panel de Expertos;
v) Síntesis de tarifas en materia eléctrica, y
vi) Síntesis normativa técnica.

III. Agradecimientos

En esta edición he contado con colaboración de Felipe Navarro y Natalia Núñez Gutiérrez, quienes han asumido la ardua tarea de verificar las normas modificadas, incorporarlas con las anotaciones correspondientes, confeccionar las diversas sinopsis y el índice temático.

Debemos agradecer el gentil auspicio de la Asociación de Empresas Eléctricas A.G., a través de su Director Ejecutivo, Rodrigo Castillo Murillo, que ha posibilitado en buena medida la ejecución de este proyecto.


Mi agradecimiento también está dirigido a esta casa editorial, que creyó en este proyecto, a pesar de que a primera vista subvertía el orden de las cosas: ¿qué es eso de editar como “código” una recopilación que no ha sido hecha por el legislador? Se trataba, por cierto, de romper la tradición de dejar mansamente que sólo el legislador nos ordene la escena normativa. Al respecto, cabe reconocer que el trabajo realizado por el autor y sus ayudantes, con todos sus aciertos e imperfecciones, fue entregado a un equipo de abogados editores integrado por Solange Mena Coronel y Claudia Ducós Guajardo, y por Pablo Enríquez Arancibia, abogado especializado en el tratamiento de información jurídico-normativa, quien incorporó rigurosamente todas las modificaciones pertinentes a los cuerpos normativos que componen este código. Esta tarea consistió en una exhaustiva revisión de los textos legales, según su publicación original en el Diario Oficial, y de sus modificaciones, lo que queda consignado en las notas al pie de página en cada texto. Fruto de este trabajo es la confianza con que afirmamos que el Código de Energía proporciona un texto rigurosamente puesto al día.



["Prefacio" al Código de Energía. Sistematización de leyes anotadas y actualizadas
(Santiago, AbeledoPerrot-Legal Publishing), 2011]