Este nuevo Código Administrativo
Orgánico, junto al Código Administrativo General, se suma a la familia
editorial de los "Códigos de la República de Chile" de LexisNexis.
Esta colección está integrada en su mayoría por antiguos códigos, creados como
tales por el legislador, como reflejo del movimiento codificador del siglo XIX;
por ejemplo es el caso del Código Civil y del Código de Minería; hay otros más nuevos, como el Código
de Aguas, de mediados del siglo XX; y novísimo, como el Código Procesal
Penal. Integran igualmente esta colección la Constitución Política, la que propiamente no ha sido
denominada por el legislador como código; aunque es consistente su inclusión en
la colección (sin perjuicio de su relevancia superlativa en nuestro sistema de
fuentes) con la elegante costumbre académica ele denominarla "código político".
Siguiendo una tradición extranjera
de codificación académica o no legislativa de las normas de la disciplina especial
del derecho administrativo (no podemos desconocer que emulamos en este sentido
los casos del "Código de las leyes administrativas", impulsado
por Eduardo García de Enterría en España; o del "Code Administratif",
editado por la casa Dalloz en Francia, entre otros), y con el único ánimo
de ordenar las normas existentes, ponemos a disposición de los lectores una
selección de los textos de derecho administrativo que hemos considerado los más
significativos y más frecuentemente utilizados por el ciudadano y las autoridades,
por los profesionales y los estudiantes, por los abogados y los jueces.
Este Código Administrativo
Orgánico debe considerarse un complemento del Código Administrativo General
y, en especial, de
la "Sinopsis de la Administración de Estado" contenida en tal Código.
Dicha sinopsis fue concebida como un breve texto dirigido a exponer sintéticamente
la estructura de la Administración del Estado en Chile, presentando todos los
Ministerios existentes en el país, una reseña de su organización y los
servicios que dependen de cada uno. Además, se incluye, en notas al pie,
respecto de cada organismo, el texto legal que le da origen.
En este orden de ideas hemos
constatado, además, que no existe actualmente un texto que contenga todas aquellas
normas que dan origen a los distintos órganos de la Administración, señalando
su naturaleza y potestades. De esta forma, la obra que se ofrece al público
tiene la misma estructura básica contenida en la Sinopsis del Código Administrativo
General se ofrece el listado completo de los Ministerios existentes en
Chile, ordenados por orden de jerarquía, con sus Subsecretarias y los servicios
dependientes de ellos. Respecto de cada entidad se incluye la ley orgánica que
lo crea y que le otorga las atribuciones necesarias para el cumplimiento de sus
fines. En muchos casos se incluye el texto de la ley en su integridad, y en los
casos que no ha sido posible, los articulas excluidos lo han sido en consideración
a no revestir de mayor importancia para la comprensión de la función de cada
órgano. Los artículos de cada Ley que se han incluido dan noticia esencial de
la creación de cada órgano y de sus potestades.
La edición de este nuevo
código de esta colección llena de satisfacción a su autor, que ha podido
desempolvar otro viejo proyecto, concebido poco después de su doctorado en
Europa, en donde pudo conocer y utilizar
con gran provecho las envidiadas recopilaciones española y francesa citadas. No
resultaba fácil tomar un camino en el cual
casi no existían precedentes en Chile, sobre la base de un antiguo papel, y un
par de docenas de archivadores de fotocopias, acumuladas en estos altos para el
ejercido docente y profesional, se dio forma a este Código Administrativo
Orgánico con la inestimable colaboración de mi ayudante Natalia Núñez Gutiérrez,
quien tuvo a su cargo la pesada tarea de revisar tales materiales, ponerlos al día,
elaborar índices y borradores. Mi primer agradecimiento es para ella, por su eficiente
trabajo, soportando pacientemente los múltiples cambios que se sucedían en cada
revisión.
Mi agradecimiento también
está dirigido a esta casa editorial, que creyó en este proyecto, a pesar de que
a primera vista subvertía el orden de las cosas: ¿qué es eso de editar como
"código" una recopilación que no ha s ido hecha por el legislador? Se
trataba, por cierto, de romper la tradición de dejar mansamente que sólo el
legislador nos ordene la escena normativa. Al respecto, cabe reconocer que el trabajo
realizado por el autor y su eficiente ayudante, con todos sus aciertos e imperfecciones,
fue entregado a Pablo Enríquez Arancibia y a Verónica Barrera, especializados
en el tratamiento de información jurídico - normativa, quienes incorporaron
rigurosamente todas las modificaciones pertinentes a los cuerpos normativos que
componen este código. Esta tarea consistió en una exhaustiva revisión de los textos
legales, según su publicación original en el Diario Oficial, y de sus modificaciones, lo
que queda con signado en las notas al pie de página en cada texto. Fruto de
este trabajo es la confianza con que afirmamos que el Código Administrativo Orgánico
proporciona un texto rigurosamente puesto al día.
[Prólogo a Código Administrativo Orgánico, 1ª
edición (Santiago, LexisNexis), 694 pp.]