29 de diciembre de 2006

Prefacio a "Código Administrativo General", 2ª edición


Una vez aparecida la primera edición del Código Administrativo General, se agotó casi inmediatamente. Dado el ritmo incesante de los cambios en esta materia, fue desestimada una simple reimpresión de la obra y se elaboró esta segunda edición, que contiene todas las novedades normativas aparecidas en el Diario Oficial hasta enero de 2006. Además, para ofrecer una visión más completa y precisa de la disciplina, se incorporaron algunos cambios al Código.


I. Las principales modificaciones.

1. La Constitución Política fue objeto de una importante reforma en 2005, por lo que se ofrece su nuevo texto, en lo pertinente.

2. El Título II del Libro Preliminar de este Código ha sido reestructurado: i) se incluyen normas pertinentes del Código de Procedimiento Civil en lo relativo a la jurisdicción del Poder Judicial; ii) se crea el nuevo apartado Acciones contencioso administrativas, con una Sinopsis de tales acciones; iii) se crea el apartado Auto Acordados de la Corto. Suprema, integrado por sólo dos de ellos, suprimiendo el relativo al antiguo recurso de inaplicabilidad de las leyes, pues a raíz de la reforma de 2005 se atribuye la plenitud de la jurisdicción constitucional al Tribunal Constitucional; iv) se divide el apartado Aplicación y eficacia de las normas jurídicas de lo relativo a la Publicación de las mismas; y, v) respecto del Código Civil, ahora se incluye casi íntegramente su Título preliminar y los artículos relativos a la prescripción.

Las normas relativas a bienes nacionales pueden consultarse en el Código Administrativo Económico, sistematización normativa en prensas en esta misma Casa editorial.

3. El Libro I también fue objeto de modificaciones: i) no se incluye el denostado D.S. Nº 26, de 2001, sobre secreto o reserva de los actos y documentos de la Administración del Estado, y se edita el D.S. Nº 134, de 2004, derogatorio del anterior, que contiene unos ilustrativos considerandos; ii) se suprime el apartado relativo a la expropiación, que puede consultarse ahora en el Código Administrativo Económico citado, que sistematiza las materias relativas a Propiedad privada y acción administrativa; iii) en lo relacionado a función pública, se incorporan las modificaciones introducidas por la Ley Nº 20.088, de 2005, sobre declaración jurada patrimonial de bienes a las autoridades; y, iv) se crea un nuevo apartado que sistematiza las normas relativas a Publicidad, privacidad y tratamiento de datos por organismos públicos.

4. En la renovada y actualizada Sinopsis de la Administración del Estado, bajo un título más apropiado, se incorpora una síntesis de las Empresas de propiedad del fisco.

5. En el actual Libro III, en el apartado dedicado a la Administración Financiera, esta edición incluye la nueva Ley de Presupuestos que rige para el año 2006, en curso.


II. Críticas al Código. El favor del público, que hizo necesaria esta segunda edición, fue un evidente estímulo para asumir la tarea de actualización de esta obra de compilación normativa, que agradezco, como todo autor; pero debo reconocer que a tan evidente aliciente se unió, además, el favor de la crítica.

Debo agradecer la favorable acogida que buena parte de los profesores de Derecho Administrativo y abogados especialistas le han dado a esta obra, quienes en muchos casos, de diversas maneras, más o menos formales, no dudaron en comentarme espontáneamente amistosas y constructivas apreciaciones. En especial, debo agradecer la cita doctrinaria dedicada a este Código en un trabajo del profesor de la Universidad de Chile Carlos Carmona Santander y la extensa y elogiosa recensión del profesor de la misma universidad, Santiago Montt Oyarzún. Este último ha calificado al Código Administrativo General como una "fotografía" o "mapa" adecuado del Derecho Administrativo chileno, lo que espero sea así recibido en general, pues sentiré que no sólo ha sido un aporte a la práctica, sino además a la cultura de la disciplina. El profesor Montt, con su habitual sagacidad, ha captado también con sutileza lo esencial que es para nuestro objetivo de compilación y sistematización el uso privado que reivindico de la acepción decimonónica y racionalista de código; él lo sintetiza como una "desacralización" de dicha acepción de código. Es verdad. Y reitero la necesidad y legitimidad doctrinaria de codificar privadamente, bajo la expresión código, toda la legislación chilena; no sólo la administrativa, .sino su integridad, hasta llegar a esa excelente meta, cuya idea ha sido lanzada por el mismo Santiago Montt, de una compilación, indexación o sistematización profunda y radical del sistema legal chileno.

Debo agradecer igualmente, aunque sea paradójico, el favor que ha significado a la publicidad de esta obra la inquietud generada en quienes han querido adoptar el papel de guardianes del buen o mal uso que, a su juicio, los autores podemos realizar de la expresión código.

En fin, debo agradecer nuevamente el trabajo minucioso de mi ayudante Natalia Núñez Gutiérrez, que ha trabajado de una manera intensa en esta nueva edición. De igual modo al equipo de LexisNexis, liderado por su editora jurídica Solange Mena Coronel, y en especial a Pablo Enríquez Arancibia, especialista en el tratamiento de información jurídico-normativa.


[Prólogo a Código Administrativo General, 2ª edición (Santiago, LexisNexis), 667 pp.]